T1_Constitucion Pildora Articulo 9.3

22/03/2017 3 min
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Síntesis del Episodio

Artículo 9.3. La Constitucio?n garantiza:

El principio de legalidad: Todo ejercicio de un poder público debe realizarse acorde a la ley vigente y su jurisdicción y no a la voluntad de las personas. Si un Estado se atiene a dicho principio entonces las actuaciones de sus poderes estarían sometidas a la constitución actual o al imperio de la ley.

La jerarqui?a normativa: las normas de rango inferior no pueden oponerse a las de rango superior. El ordenamiento está ordenado de forma jerárquica y en su cúspide se halla la Constitución.
La publicidad de las normas: Ha de facilitarse el conocimiento de las normas por los ciudadanos, para lo cual éstas se publican en el Diario Oficial.

La irretroactividad de las disposiciones sancionadoras no favorables o restrictivas de derechos individuales: la ley se aplicará al futuro y no al pasado. prohíbe que puedan sancionarse conductas en base a normas que se hayan dictado y entrado en vigor con posterioridad a la comisión de ese acto

La seguridad juri?dica: la seguridad de que se conoce, o puede conocerse, lo previsto como prohibido, ordenado o permitido por el poder público.

La responsabilidad: Los poderes públicos son responsables por los daños causados en el ejercicio de su actuación.

La interdiccio?n de la arbitrariedad de los poderes pu?blicos: Forma de actuar basada solo en la voluntad o en el capricho. infracción del principio de igualdad de trato de los administrados ante la aplicación de la ley.

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