Escuchar "Medioa de pago 1 y 2"
Síntesis del Episodio
ASIGNATURA 13
Mercado de Divisas y Riesgo de Cambio
MÓDULO
Medios de Pago
MÁSTER INTERNACIONAL EN CREACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
TEMA 1.
LOS RIESGOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL 2
Tabla de Contenido
......................................................................................................................................................... 1
1. Los Riesgos en el Comercial Internacional .................................................................................... 3
2. Riesgos comerciales .................................................................................................................... 3
2.1. ¿Qué es el Riesgo Comercial? .............................................................................................................3
2.1.1. Riesgo de impago .............................................................................................................................4
2.1.2. Riesgo de cancelación unilateral del contrato .................................................................................4
2.1.3. Riesgo de no aceptación de la mercancía ........................................................................................5
2.1.4. Riesgo de entrega .............................................................................................................................5
3. Riesgos políticos ......................................................................................................................... 5
3.1. Evaluación del riesgo político ..............................................................................................................5
3.1.1. Riesgo de transferencia ....................................................................................................................6
3.1.2. Riesgo de incumplimiento de contrato ............................................................................................6
3.1.3. Fuerza mayor ....................................................................................................................................6
4. Riesgo País .................................................................................................................................. 7
4.1. ¿Qué es el Riesgo País? .......................................................................................................................7
4.2. Componentes ......................................................................................................................................7
4.3. ¿Cómo se evalúa? ...............................................................................................................................7
4.4. ¿Cuál es la clasificación del riesgo país? .............................................................................................8
4.5. ¿Cómo se realiza la cobertura del riesgo país? ...................................................................................8
5. Riesgos financieros ..................................................................................................................... 8
5.1. Riesgo de cambio ................................................................................................................................9
5.1.1. ¿Qué es Riesgo de Cambio? .............................................................................................................9
5.1.2. ¿En qué momento empieza el Riesgo de Cambio? ..........................................................................9
Existe, en ocasiones, cierta confusión respecto al concepto Riesgo de Cambio. Concretamente, respecto al momento en que se genera o inicia dicho riesgo, especialmente, en operaciones comerciales de importación y exportación. ...........................................................................................................................9
5.1.3.- ¿Cuál es la estrategia de gestión del Riesgo de Cambio? ............................................................... 10
5.1.4.- ¿Cuáles son los instrumentos de protección? ................................................................................ 10
5.2. Riesgo de tipos de interés ................................................................................................................ 11
6. Otros tipos de riesgos ............................................................................................................... 11 3
1. Los Riesgos en el Comercial Internacional
En las operaciones de Comercio Exterior existen una serie de riesgos básicos, independientemente de que la operación vaya a ser financiada por una entidad de crédito, ya sea del lado del importador, o del lado del exportador. Estos riesgos son los siguientes
• Riesgos Comerciales
• Riesgos políticos
• Riesgo país
• Riesgos financieros
Por supuesto, no siempre coincidirán todos estos riesgos, pero en ocasiones será necesario afrontar todos ellos en el desarrollo ejecución de transacciones de comercio exterior.
Además de estos riesgos básicos tanto exportadores como importadores se enfrentan a otros riesgos inherentes al Comercio Internacional, como son, entre otros, los riesgos de fraude, documentarios legales, y de transporte.
Durante la fase de negociación es necesario ser capaz que seamos capaces de entender los riesgos a los que nos enfrentamos así como que medios de cobertura existen para mitigar esos riesgos, y el papel que en algunas ocasiones las entidades financieras puede desempeñar para ayudarnos, aunque es imprescindible tener muy claro saber hasta dónde llegan las obligaciones y responsabilidades de los bancos en el ciclo operativo de una transacción y el medio de pago utilizado.
Para cubrir estos riesgos existen básicamente tres posibilidades: usar los medios de pago, el seguro de crédito a la exportación o los servicios de las empresas de factoring y forfaiting. Analizaremos, en primer lugar, la cobertura a través de los medios de pago en función del tipo de riesgo.
2. Riesgos comerciales
2.1. ¿Qué es el Riesgo Comercial?
Es el riesgo de crédito derivado de la insolvencia de cualquier empresa, incapaz de hacer frente a sus obligaciones de pago (del principal y/o de los intereses) llegado el vencimiento de las mismas.
Este riesgo no es exclusivo del comercio internacional. Existe en toda transacción de compra-venta.
Pero en el ámbito del comercio exterior está en cierto modo agravado por el hecho de tratar con países distintos, desconocidos y por la distancia física existente. Las dificultades para obtener información adecuada y suficiente de la contraparte, las diferentes costumbres comerciales y la diversidad de entornos legales, no hacen sino incrementar de forma significativa los riesgos de carácter comercial.
• Evaluación: La concesión de un crédito comercial a un cliente (es decir un pago aplazado, posterior a la recepción de las mercancías) implica el análisis de los riesgos que se está dispuesto a asumir con él. Por ello, la evaluación del riesgo de insolvencia se efectúa, en esencia, atendiendo a los siguientes factores:
a) Importancia comercial y económica del cliente:
??Solvencia
??Relaciones que se mantienen con el cliente
4
??Volumen de negocio
b) Importe o límite del crédito
c) Plazos y duración del crédito
d) Garantías aportadas por el importador
Según el momento en que se encuentra la operación y a la parte a la que afecta podemos, a su vez, distinguir entre:
• Riesgo de impago: es el riesgo comercial por excelencia, en el que incurre la parte vendedora cuando el comprador, a quien se ha entregado la mercancía solicitada, no atiende su obligación de pago.
• Riesgo de cancelación unilateral del contrato: es el riesgo en que incurre el vendedor, antes de la entrega de la mercancía, en el caso que el comprador no quiera o no pueda aceptar la entrega de una mercancía.
• Riesgo de no aceptación de la mercancía
• Riesgo de entrega: el importador debe considerar la posibilidad que la mercancía recibida no satisfaga los requisitos contractuales, es decir que no sea conforme con la calidad esperada, no se entregue en tiempo y forma, o no se entregue en absoluto.
2.1.1. Riesgo de impago
Como ya hemos indicado se refiere al posible impago por parte del importador, bien por una situación jurídica determinada (suspensión de pagos o quiebra) o, simplemente, por una actuación de mala fe.
• Coberturas: para evitar este riesgo hay que tratar de instrumentar la operación de venta mediante crédito documentarlo, carta de crédito standby, o aval bancario. En las exportaciones que se liquidan mediante cobranza documentaria puede producirse el impago, pero la mercancía queda bajo el control del exportador. Pero si la venta se produce con pago aplazado, la solución estaría en la entrega de los documentos al importador contra la aceptación de este y un aval bancario en la propia letra.
2.1.2. Riesgo de cancelación unilateral del contrato
Este hecho puede ocurrir desde que el importador realiza el pedido hasta el momento en que la mercancía es embarcada. La anulación del contrato por parte del comprador creará un grave quebranto al exportador, sobre todo si la mercancía está en proceso de producción o está ya fabricada bajo unas especiaciones determinadas.
• Coberturas: Si el medio de pago empleado es el crédito documentarlo, la cancelación no puede darse sin la autorización del exportador, ya que por las características de la del crédito documentario existe un banco (emisor o confirmador del crédito) que está comprometido irrevocablemente a realizar el pago.
Otra opción es disponer de un aval bancario de cumplimiento o garantía bancaria a primera demanda.
Finalmente, es frecuente que en caso de no disponer de la mercancía en almacén y, por tanto, tener que fabricarla, se solicite del importador un anticipo del precio final que puede variar entre 5
el 15 por 100 y el 225 por 100 del importe del pedido. Es lógico suponer que, cuanto mayor sea el importe del anticipo, menos posibilidades existen de anular el pedido.
2.1.3. Riesgo de no aceptación de la mercancía
Es otra posibilidad que puede ocurrir, muy similar a la cancelación de contrato, salvo que incluso puede suponer supone mayores prejuicios para el exportador, pues la mercancía estará fabricada y, probablemente, se ha incurrido en gastos de embalaje, transporte y aseguramiento.
• Coberturas: las mismas que para el riesgo de cancelación de contrato
2.1.4. Riesgo de entrega
El importador debe considerar la posibilidad que la mercancía recibida no satisfaga los requisitos contractuales, es decir que no sea conforme con la calidad esperada, no se entregue en tiempo y forma, o no se entregue en absoluto.
• Coberturas: con la utilización de medios de pago documentarios, como la cobranza o el crédito documentario el importador se puede asegurar de que la mercancía que recibirá es le estipulada en el contrato, y en caso contrario no estará obligada pagar.
Pero si ha efectuado un pago anticipado, el medio de cobertura sería la obtención de una garantía bancaria de anticipo
3. Riesgos políticos
Dependiendo del país con el que se trabaje habrá, en mayor o menor medida, riesgos políticos. Las medidas políticas que adopte el Gobierno de un país pueden afectar a la capacidad de sus residentes para realizar transacciones comerciales o directamente obligar al incumplimiento de alguna de las cláusulas del contrato firmado con un socio exterior.
Los cambios políticos afectan sobre todo a los contratos con las empresas públicas y a las licitaciones internacionales.
3.1. Evaluación del riesgo político
En el ámbito del comercio internacional, es crucial que las empresas puedan conocer, evaluar y de alguna manera prever los riesgos políticos a que se pueden ver enfrentadas en el desarrollo de sus actividades en otros países. Pero, ¿cómo puede esto lograrse?
Esta labor es especialmente difícil, por tratarse justamente de situaciones futuras, generalmente impredecibles, que no pueden identificarse exactamente al planear una venta o una inversión. Adicionalmente, dada la amplia variedad de países y áreas de negocios, no es muy probable que los analistas de riesgo puedan elaborar un modelo general para llenar las necesidades específicas de todas las firmas, que se dedican a actividades diversas en países diferentes.
A pesar de estas dificultades, se han diseñado diferentes índices de riesgo que cubren muchos países, los cuales son útiles en los procesos de toma de decisiones sobre inversión extranjera. Algunos ejemplos son el Euromoney Country Risk Index, sobre las tendencias en los mercados de crédito internacional y el World Political Risk Forecast (W.P.R.F.).
Los riesgos políticos están compuestos por los siguientes parámetros: 6
• Riesgo de transferencia
• Riesgo de incumplimiento de contrato
• Fuerza mayor
3.1.1. Riesgo de transferencia
Puede ocurrir cuando existen intereses económicos en un país que provoquen que gobierno congele las transferencias al exterior, o no garantice la convertibilidad de las divisas. En estos casos puede ocurrir un impago como consecuencia de este riesgo político.
• Cobertura: las compañías aseguradoras, las ECAs (Agencias de Crédito a la Exportación) y otros organismos cubren este tipo de riesgo.
Además en países en los que la situación económica sea muy inestable, pueden darse quiebras o suspensión de pagos de los bancos, lo que también provocaría un impago de la transacción. La utilización como medio de pago un crédito documentario confirmad en el país del exportador, evitará este riesgo.
3.1.2. Riesgo de incumplimiento de contrato
Las medidas políticas de un gobierno también pueden imposibilitar que un socio comercial sea capaz de cumplir con lo que firmó en el contrato. Es decir, se trata de cualquier medida gubernamental que pueda afectar al cumplimiento del contrato por una de las partes.
• Cobertura: los cambios políticos afectan sobre todo a los contratos con las empresas públicas y a las licitaciones internacionales. Como exportadores el único medio para mitigar estos riesgos es suscribir una póliza de seguro o haber usado el crédito documentario como medio de pago.
Las entidades públicas de financiación del comercio exterior son, en general, las únicas que aseguran los riesgos políticos. Las ECAs (Agencias de Crédito a la Exportación) ofrecen a las empresas coberturas a los riesgos del comercio exterior.
3.1.3. Fuerza mayor
Son sucesos de carácter catastrófico que se definen como “circunstancias o sucesos de carácter catastrófico acaecidos fuera del país del exportador que impidan al deudor extranjero realizar el pago”.
• A estos efectos se consideran sucesos catastróficos los calificados como extraordinarios por las disposiciones locales que regulan la compensación de tales siniestros.
• A modo de referencia, éstos son: terremotos, maremotos, huracanes, etc. También se considera la insolvencia de hecho o de derecho del deudor cuando el impago sea consecuencia directa de circunstancias de carácter catastrófico u extraordinario.
• Es lo que tradicionalmente se dio en llamar "Actos de Dios", que pueden derivar en la suspensión de pagos o en cancelación de contratos.
7
4. Riesgo País
4.1. ¿Qué es el Riesgo País?
El Riesgo país es el derivado de las condiciones de estabilidad política y financiera y del desarrollo económico e institucional de un país.
En un sentido amplio el riesgo país refleja el nivel financiero de un país, la situación de su moneda, el rendimiento económico y su trayectoria histórica en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones financieras internacionales.
4.2. Componentes
Dentro del riesgo país se hace una diferenciación entre:
a) Riesgo soberano, es el que afecta a “los acreedores de los estados o de entidades garantizadas por ellos, en cuanto pueden ser ineficaces las acciones contra el prestatario o último obligado al pago por razones de soberanía”.
b) Riesgo de transferencia, “es el de los acreedores extranjeros con respecto a un país que experimenta una incapacidad general para hacer frente a sus deudas por carecer de la divisa o divisas en que están denominadas”.
La razón de esta distinción es la división de la deuda externa de los países en:
a) Deuda externa soberana, incluye tanto las deudas contraídas por el gobierno del país en cuestión, como las que están garantizadas por éste (ya sean del sector público o privado). Debido al carácter soberano de los países es imposible exigirles, al menos por los métodos habituales, el cumplimiento de sus obligaciones.
b) Deuda externa privada, no está garantizada por el gobierno. La imposibilidad de realizar el pago se debe a circunstancias económicas del país o a la situación política del mismo y, por tanto, independientes de la voluntad del deudor. Por ejemplo, cuando en el país se carece de la divisa en que está denominado el pago, aunque la empresa sea solvente.
Cuando las deudas estén denominadas en la moneda del país del importador no existirá riesgo de transferencia sino Riesgo de Insolvencia de la empresa que recibe el crédito comercial, es decir que entra en el ámbito del Riesgo Comercial.
4.3. ¿Cómo se evalúa?
Antes de firmar un contrato de compraventa los exportadores deberán conocer y evaluar el riesgo del país del importador. Existen dos dimensiones básicas a considerar, la económica y la política. La dimensión económica hace referencia a la posibilidad de cumplir con los compromisos de pago de la deuda externa y la política trata de la voluntad de atender dichos compromisos.
a) El aspecto económico se evalúa a través de una serie de variables (diversos ratios extraídos de la balanza de pagos, renta per cápita, ratio reservas/PNB, etc.), que tratan de medir los elementos que suelen considerarse al analizar la situación económica de un país. Estos son:
• Crecimiento económico y diversidad de factores que lo motivan.
• Política económica.
• Relaciones económicas exteriores.
8
• Cargas derivadas de la deuda externa.
• Liquidez disponible, incluyendo el nivel de reservas.
• Balanza de pagos.
• Perspectivas económicas generales.
b) En lo referente a la dimensión política, aunque es más difícil de analizar objetivamente, existen una serie de factores habitualmente utilizados al evaluar el nivel de “riesgo político”:
• Posición política de la estructura del poder, es decir, quiénes ocupan los puestos de poder y cuál es su postura ante la inversión exterior.
• Estabilidad del régimen político, implica analizar también como podría afectar un cambio de régimen político a la deuda externa.
4.4. ¿Cuál es la clasificación del riesgo país?
La OCDE (www.oecd.org) publica una clasificación de los países teniendo en cuenta varios indicadores cuantitativos y cualitativos. Entre los primeros se encuentran el historial de cumplimiento en pagos inter-nacionales y las situaciones económica y financiera. En los aspectos cualitativos se valora fundamental-mente el riesgo político.
Los resultados de esta clasificación se utilizan para fijar la tasa mínima de interés en las transacciones cubiertas por Agencias de Crédito a la Exportación
4.5. ¿Cómo se realiza la cobertura del riesgo país?
La cobertura del riesgo país se realiza fundamentalmente a través del Seguro de Crédito a la Exportación. Este seguro obliga al asegurador a indemnizar al asegurado por las pérdidas finales que experimente a causa de la insolvencia o la imposibilidad de pago de sus deudores, que le impidan llevar a buen término sus créditos. A cambio el exportador o el comprador se obliga al pago de una prima.
Podemos dividir el riesgo cubierto por este seguro en dos tipos:
• Comercial, en función de la solvencia del deudor y sus garantes si los hubiera.
• Político cuando el deudor o el garante son entidades públicas y/o extraordinarias, causados por situaciones de carácter catastrófico que impiden al importador el pago de la deuda.
5. Riesgos financieros
Son los riesgos relativos a las fuentes financieras y a la gestión de las mismas. Podemos clasificarlos como:
• Riesgo de cambio
• Riesgo de tipos de interés
El riesgo de cambio es el principal de estos riesgos en el momento en que en la operación comercial intervienen más de una divisa. Prever el cambio de las divisas en el futuro es imposible. Mucho menos los movimientos especulativos de los inversores con las divisas. El riesgo de cambio es un elemento que incide directamente en el resultado del negocio. Pero no siempre es posible conseguir el pago al contado en el 9
momento en que se cierra la operación o que se pague en nuestra divisa. El seguro de cambio y las opcio-nes sobre divisas son los dos mecanismos de cobertura que ofrecen las entidades financieras.
5.1. Riesgo de cambio
El riesgo de cambio es el principal de estos riesgos en el momento en que en la operación comercial intervienen más de una divisa. Prever el cambio de las divisas en el futuro es imposible. Mucho menos los movimientos especulativos de los inversores con las divisas. El riesgo de cambio es un elemento que incide directamente en el resultado del negocio. Pero no siempre es posible conseguir el pago al contado en el momento en que se cierra la operación o que se pague en nuestra divisa.
5.1.1. ¿Qué es Riesgo de Cambio?
Se conoce como Riesgo de Cambio la posibilidad de pérdida o beneficio en el valor de un activo expresado en divisas debido a una variación en la tasa de cambio.
Ello se debe a que el valor de las divisas no es constante, sino que fluctúa en el tiempo, por lo que cualquier operación con cobro o pago aplazado, entre distintas divisas, lleva implícito un riesgo de cambio. La evolución de la cotización de la propia moneda con respecto a la divisa en que se encuentre denominada la operación considerada, determinará si a su vencimiento tendremos una ganancia o una pérdida.
El riesgo de cambio puede ser provocado por:
• Una actividad comercial con el extranjero.
• Una actividad financiera en divisas.
• Por el desarrollo internacional de la empresa.
Todas estas actividades implican una fecha futura de cobro/pago expresados en divisas, por lo que están expuestas a las variaciones de las tasas de cambio de éstas.
Se dice que una moneda “A” se ha “apreciado” con respecto a otra moneda “B” durante un determinado espacio de tiempo “t” cuando, al final de éste, el valor de “A” se ha incrementado con respecto al valor de “B”. Es decir, cuando para una unidad o cantidad fija de unidades de moneda “A” se obtienen, en el momento “t”, una mayor cantidad de unidades de moneda “B” que las que se podían obtener en el momento “0”.
En este caso también se dice que la moneda “B” se ha “depreciado” con respecto a la moneda “A”.
El “cambio”, no es sino el “valor de intercambio” entre dos divisas, en la medida en que refleja el número de unidades necesarias para la adquisición de otra.
En el mismo sentido se habla de “tipo de cambio” o “cotización” entre divisas.
5.1.2. ¿En qué momento empieza el Riesgo de Cambio?
Existe, en ocasiones, cierta confusión respecto al concepto Riesgo de Cambio. Concretamente, respecto al momento en que se genera o inicia dicho riesgo, especialmente, en operaciones comerciales de impor-tación y exportación.
En términos generales, el Riesgo de Cambio empieza cuando existe el conocimiento o confirmación de que va a producirse, salvo imponderables, un pago o un cobro en divisa distinta de la propia en un futuro.
Así, en una operación comercial de compraventa internacional, el inicio del Riesgo de Cambio se dará en el momento de confirmación del acuerdo entre comprador y vendedor, normalmente a través del pedido 10
en firme, en el que suele figurar lo que se compra y vende, cantidad y precio en una divisa determinada, que será la divisa de pago/cobro.
Para la parte (importador y/o exportador) en que dicha divisa de pago/cobro no coincida con la divisa local, se iniciará, normalmente, el Riesgo de Cambio, dado que ya se ha acordado un precio en una divisa para la que existe, en ese momento, un “tipo de cambio” a moneda local.
El tipo de cambio existente en el momento del pedido puede, evidentemente, variar al alza o a la baja y ser totalmente distinto el día en que, efectivamente, se realice el pago o cobro de la operación comercial.
La fluctuación que puede tener lugar entre la divisa de la operación comercial y la divisa propia, desde la fecha del pedido en firme a la fecha de pago/cobro constituye el Riesgo de Cambio.
5.1.3.- ¿Cuál es la estrategia de gestión del Riesgo de Cambio?
Lo primero que debe hacer una empresa para poder llevar a cabo una efectiva gestión del riesgo es conocer la situación de riesgo al que se enfrenta, para después decidir sobre las líneas de actuación que le interesa seguir. Por tanto, la gestión del riesgo pasa por dos etapas, que son:
a) Conocer y cuantificar la situación de riesgo. Es decir, conocer:
• Los tipos de cambio tanto de contado como de plazo.
• Las predicciones sobre la evolución de los tipos de cambio.
• Parámetros económicos básicos, que permitan analizar la situación de los mercados.
b) Decidir sobre las líneas de actuación. La empresa puede actuar frente al riesgo:
• Activamente, cubriéndose contra el riesgo.
• Pasivamente, no cubriéndose contra los posibles riesgos por no considerarlo necesario.
La gestión del riesgo de cambio se refiere a todas aquellas medidas que la empresa pueda tomar para limitar, o en su caso, evitar los efectos negativos de las fluctuaciones de los tipos de cambio puede tener sobre el valor de la empresa.
5.1.4.- ¿Cuáles son los instrumentos de protección?
En caso de que la empresa decida cubrirse contra el riesgo de cambio, el mercado proporciona diversos instrumentos de protección que podemos clasificar entre internos y externos. Los más utilizados son
a) Internos
• Acuerdos para compartir riesgos, que suelen establecerse con proveedores y clientes de otras nacionalidades con los que existe una relación continuada.
• Emparejamiento de pagos y cobros que se realicen en la misma divisa, de forma que los riesgos se compensen.
• Utilización en los contratos de una cláusula multidivisa, que permite, bajo ciertas condiciones, modificar la divisa o divisas en que se ha de realizar el pago.
• Cifrar los cobros/pagos en moneda nacional.
b) Externos
Podemos clasificarlos en los que se encuentran dentro y fuera del balance.
En balance:
• Depósitos en divisas, la empresa hace en su Banco un depósito equivalente a la cantidad que ha de abonar en el futuro y en la divisa en que el pago esté cifrado, lo que, además, le proporciona una determinada rentabilidad.
Fuera de balance, y generalmente negociados y contratados con una Entidad Financiera:
• Seguro de cambio, en una operación de compraventa de divisas a plazo se fija el cambio comprador/vendedor de la moneda aplicable a la fecha de entrega de la divisa.
• Futuros sobre divisas, son contratos realizados en los que se pacta un cambio futuro sobre un importe prefijado y sobre el que se establece una garantía en concepto de depósito; dicha garantía está sujeta a liquidaciones diarias para ajustar las fluctuaciones de la tasa de cambio, si es en mercados organizados.
• Swaps, acuerdos consistentes en el intercambio de dos monedas al tipo de cambio de contado vigente el día del inicio del contrato. Llegada la fecha de vencimiento, las partes realizarán la operación contraria al precio de contado del día inicial. La parte que recibe la moneda con mayor tipo de interés pagará el diferencial a la otra parte.
• Opciones, es un contrato que da lugar a un derecho a comprar o vender una cantidad determinada de divisas a un tipo de cambio prefijado (precio de ejercicio). La opción puede referirse a una fecha futura determinada (opción europea) o a un período de tiempo establecido (opción americana). Todo ello a cambio de un precio o prima de la opción.
5.2. Riesgo de tipos de interés
El riesgo de tipo de interés asociado a las operaciones de comercio internacional es el que soportarán el exportador o el importador, dependiendo de las distintas situaciones en que se encuentren.
• Este riesgo está muy ligado a las necesidades de prefinanciación para abordar operaciones de comercio exterior, cuando al obtener un crédito bancario, ya sea en nuestra propia moneda o en alguna divisa, una subida de los tipos de interés (podrá tener repercusiones importantes en los costes financieros.
• En las operaciones de comercio exterior, a largo plazo, el prestamista o el prestatario tienen un riesgo de tipo de interés, ya que la evolución futura de los tipos a medio plazo no es predecible.
• En las operaciones comerciales a corto plazo, el riesgo de tipo de interés está muy minimizado, ya que existe una mayor estabilidad en los tipos a corto plazo y sus variaciones suelen ser de poca importancia.
6. Otros tipos de riesgos
Existen muchos más riesgos en el comercio internacional. Algunos de ellos coinciden con los mismos que podemos encontrar haciendo negocios sin salir de las fronteras, pero otros son propios de comerciar en el extranjero.
En gran medida, van a depender mucho del tipo de operaciones. No tiene los mismos riesgos una compra-venta internacional que un proyecto de “project finance” o una operación de crédito importador con un país de cuestionada solvencia.
Entre los más relevantes encontramos los siguientes: 12
• Riesgo de fraude: A pesar de tratarse de una forma concreta del riesgo de carácter comercial, el riesgo de fraude responde a unas características propias. Se trata de un auténtico engaño premeditado con voluntad de enriquecimiento ilícito, y no de una mera desavenencia comercial más o menos intencionada. La falta de experiencia de las empresas que se inician en el comercio internacional las convierte en objeto de deseo para defraudadores de toda guisa.
• Riesgo de transporte: Las mayores distancias en el comercio internacional comportan un aumento en la complejidad del transporte. Las posibilidades de manipulación y transbordo de la mercancía a manos de los transportistas aumentan significativamente. Además, el uso de sistemas no habituales en el comercio interior, como el avión o el barco, o la combinación de diferentes medios, implica la utilización de contratos de transporte diferenciados. El expedidor y el destinatario deben conocer, evaluar y neutralizar los riesgos que representan estos factores.
• Riesgos de tipo legal: Al mantener relaciones comerciales con el exterior deben analizarse las diferencias en los sistemas jurídicos y su posible repercusión en el éxito de la operación. Las leyes aplicables, los sistemas jurídicos, la existencia de convenios internacionales en determinadas materias o el coste económico de pleitear en el extranjero son aspectos a tener en cuenta: en determinados casos pueden ser poco importantes y en otras ocasiones pueden llegar a desaconsejar la operación.
• Riesgo documentario: Aunque podría incluirse dentro de los riesgos de tipo legal, el riesgo documentario tiene unas características específicas. Es consecuencia de las dificultades en el despacho o en la expedición de una mercancía por falta o insuficiencia en la documentación aduanera exigida.
• Riesgos fiscales: Son los derivados de la normativa sobre repatriación de beneficios, ayudas al comercio internacional y los propios de las aduanas que pueden producir retrasos, restricciones a la entrada de mercancías y aumentar los costes de la operación.
Por tanto es muy importante conocer la legislación aplicable y posibles exenciones y beneficios a los que acogerse.
• Riesgo de proyecto: El riesgo en un proyecto es un evento o condición incierta que si ocurre, tiene un efecto positivo o negativo sobre el inicio o ejecución de un proyecto.
En comercio internacional suele estar relacionado con la participación de empresas en licitaciones y concursos públicos.
• Riesgo de contrato: Temas como el idioma del contrato, la legislación aplicable, la gestión de las aceleraciones y retrasos en las entregas, las cláusulas de revisión de precios, o las variaciones son factores del contrato en los que el riesgo va inexorablemente asociado.
0
ASIGNATURA 13
Mercado de Divisas y Riesgo de Cambio
MÓDULO
Medios de Pago
MÁSTER INTERNACIONAL EN CREACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
TEMA 2. LOS MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
NOTA TÉCNICA 2. LA ELECCIÓN DEL MEDIO DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
1
La Elección del Medio de Pago en el Comercio Internacional
1. Introducción a los Medios de Pago
En las transacciones comerciales internacionales es fundamental considerar los diferentes Medios de Pago que están disponibles para los importadores y los exportadores. La elección del medio de pago correcto no solo puede representar la conclusión segura de una transacción de comercio sino también puede ser una estrategia financiera que mejora la competitividad de una empresa en mercados internacionales.
Los Medios de Pago utilizados en el comercio internacional son básicamente los mismos que se utilizan en el comercio doméstico aunque tienen algunas características que los diferencian de estos. Entre ellas están la distancia geográfica, variedad de divisas, distintas regulaciones legales, variedad de coyunturas económicas, etc…
El análisis de los medios de pago, así como los métodos de financiamiento son comúnmente dejados de lado por empresarios al negociar sus productos en el extranjero. Esto puede ser un error muy grave debido al impacto financiero y al riesgo que corre la un tipo de pago respecto a otro. Usados correctamente estos instrumentos puede convertirse en una importante herramienta de negocio.
En la presente unidad analizaremos los principales medios de pago que se usan, por parte de las empresas, en las operaciones de comercio internacional y trataremos de aclarar cual es el medio de pago más adecuado a una situación en particular y como la decisión del medio de pago es muy importante que se incluya en las negociaciones entre el importador y exportador desde el principio de las mismas, debido a los costos y a la seguridad que ofrecen cada uno.
2. La elección del Medio de Pago
Es evidente que los intereses del importador y del exportador no solo son diferentes sino que son contradictorios Es decir, el comprador siempre buscara retardar el pago lo más posible, mientras que el vendedor buscara recibir su pago lo antes posible. La cuestión es cómo encontrar el equilibrio ideal en las que ambas partes estén satisfechas.
En el momento de iniciar la negociación de un contrato de compraventa, las partes deben preguntarse cómo, cuándo y dónde debe hacerse el pago. Estas decisiones estarán relacionadas con una serie de factores que tienen que ver con el tiempo, lugar, moneda y fórmula bancaria elegida para concertar las operaciones de compraventa.
Por consiguiente las partes deben distinguir entre plazo, momento, divisa y medio de pago:
• El plazo es el período concedido por el exportador al importador para que efectúe el pago de las mercancías adquiridas. Influye necesariamente la naturaleza de las mismas;
2
según sean de bienes de consumo o de bienes de equipos, se puede distinguir el corto plazo (desde 90 días a 1 año), medio plazo (entre 1 y 5 años) y el plazo largo (más de 5 años).
• El momento de pago se refiere al cuándo, cómo y dónde se efectuará el pago con relación a la entrega, que puede ser pago antes de la entrega (pago anticipado), durante la entrega (pago simultáneo) o después de la entrega (pago aplazado u open account).
• La divisa de pago se refiere a la moneda en que se cifra la transacción. Generalmente el exportador preferirá que la transacción se realice en su divisa porque ésa es la moneda en la que se soporta la mayor parte de sus costes de producción y además elimina el riesgo de cambio. Por su parte, el importador preferirá pagar en su moneda nacional, porque ésa es la moneda en que cobrará la mayor parte de sus ventas.
• Los medios de pago son aquellos instrumentos con los que se liquidará la transacción. Los principales medios de pago son: cheque bancario, cheque personal, orden de pago simple, orden de pago documentaria, cobranzas simples y documentarias y el crédito documentario.
En las operaciones de compraventa, tanto domésticas como internacionales, siempre existe un riesgo latente, que es el impago de la operación; además en las operaciones internacionales hay otra serie de riesgos añadidos (diferentes legislaciones, aduanas, periodos de transito largos, etc.). Por ello, dependiendo de todos estos factores y fundamentalmente de la confianza que haya entre las partes de que cada uno cumplirá sus obligaciones, se elegirá un medio u otro.
Es por ello que la la elección del Medio de Pago se basará en alguna de estas premisas o en el conjunto de ellas:
• Grado de confianza: cuando las partes tienen un alto grado de confianza entre ellas o aperciben el riesgo de la transacción como bajo, pueden optar por buscar medios de pago de bajo coste. Puede que el comprador efectúe un pago anticipado antes de recibir la mercancía; o puede que el vendedor envié la mercancía y conceda un pago aplazado (open account) al comprador, sin necesidad de garantizar ese pago.
Sin embargo, cuando la confianza no es suficiente, las partes tenderán a exigir un medio de pago que garantice al exportador el cobro y al importador la recepción de la mercancía.
• Grado de necesidad: la necesidad de comprar o vender (o una posición de fuerza entre las partes) puede llevar a la imposición del medio de pago por la parte que tenga más fuerza en la negociación. Si la parte importadora es la más fuerte es muy probable que pida plazo de pago más largo. En el caso contrario, si el exportador es más influyente que el importador, este exigirá plazos más cortos, inclusive pago por adelantado.
• Riesgo país: y finalmente, el riesgo país derivado de la situación política o económica del país del importador puede llevar al vendedor a exigir un medio de pago que le proteja de posibles riesgos derivados de la inestabilidad en el país de su cliente.
3
• Costes financieros: las partes deberán evaluar los costes de los diferentes medios de pago por los que pueden optar. Es claro que cuanto más elevados son los costes financieros, mayor seguridad ofrecen.
Pero conviene recordar que en general, no hay ningún medio de cobro que ofrezca el mismo nivel de Ventajas/Inconvenientes para ambas partes. En cualquiera de ellos, siempre existe una parte con ventaja respecto a la otra. 4
3. Clasificación de los Medios de Pago
3.1. Por la tramitación de la documentación
Una primera clasificación divide los medios de pago en simples y documentarios:
• Medios de pago documentarios: son los que utiliza el exportador cuando percibe un riesgo de impago de carácter medio o alto, por lo que puede desear mantener el control de la mercancía enviada hasta que se efectúe el pago de la misma o la emisión de una promesa de pago futura (Ej.: aceptación de una letra de cambio
En este caso tanto los documentos comerciales que dan acceso a la mercancía (factura, conocimiento de embarque, etc.) como los documentos financieros (letra de cambio, pagaré etc.) son entregados por el exportador a su banco para que directamente o a través de otro banco situado en el país del importador los entregue al importador siempre y cuando efectúe el pago o suscriba el compromiso de pago futuro.
En estos medios de pago encontramos la Orden de pago documentaria, la Cobranza (Remesa) documentaria y el Crédito documentario (Carta de crédito)
• Medios de pago simples: Su utilización no implica para el banco del exportador ningún tipo de gestión de la documentación comercial, ya que la misma se envía directamente por el exportador al importador, por lo que el primero de ellos renuncia al control de la mercancía.
Esto significa que no se condiciona la entrega de la mercancía (documentos que la representan) al pago o promesa de pago de la misma, por lo que el riesgo de impago aumenta considerablemente.
Entre ellos encontramos el Cheque personal, el Cheque bancario, la Orden de pago simple o transferencia y la Cobranza (Remesa) simple.
3.2. Por el momento del pago
Las mercancías vendidas se pueden pagar anticipadamente, simultáneamente o con posterioridad a su recepción:
• Pago anticipado: no es usual y solamente se produce en el comercio con países de alto riesgo o en situaciones en las que el objeto del contrato son mercancías con escasa oferta y alta demanda mundial.
• Pago simultáneo: es la solución ideal para ambas partes. Se produce en algunas operaciones de carácter documentario en las que el pago coincide con la recepción de los documentos representativos de la mercancía.
Pago aplazado: en este caso, el exportador envía la mercancía y los documentos esperando el pago de los mismos. En muchas ocasiones, especialmente en las exportaciones de 5
bienes de equipo, el exportador concede aplazamientos de pago al comprador financiándole la operación.
Fig. 1 – Clasificación de los medios de pago Medios de Pago Simples Medios de Pago Documentarios
• Cheque personal
• Cheque bancario
• Orden de pago simple o transferencia
• Cobranza (Remesa) simple
• Orden de pago documentaria
• Cobranza (Remesa) documentaria
• Crédito documentario (carta de crédito)
ASIGNATURA 13
Mercado de Divisas y Riesgo de Cambio
MÓDULO
Medios de Pago
MÁSTER INTERNACIONAL EN CREACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
TEMA 2. LOS MEDIOS DE PAGO EN EL
COMERCIO INTERNACIONAL
NOTA TÉCNICA 3. MEDIOS DE PAGO SIMPLES Y DOCUMENTARIOS
LOGO NEXT VERTICAL.jpg
?
Los Medios de Pago Simples en el Comercio Internacional
Los Medios de Pago Simples son aquellos en que solamente se remite para su cobro el
documento financiero que representa el pago de la deuda, pero no se acompañan el resto de
documentos Comerciales que amparan en envío de la mercancía.
Su utilización no implica para el banco del exportador ningún tipo de gestión de la
documentación comercial, ya que la misma se envía directamente por el exportador al
importador, por lo que el primero de ellos renuncia al control de la mercancía.
Esto significa que no se condiciona la entrega de la mercancía (documentos que la representan)
al pago o promesa de pago de la misma, por lo que el riesgo de impago aumenta
considerablemente.
Los más utilizados, que estudiaremos a continuación, son los siguientes
. Cheque personal
. Cheque bancario
. Orden de pago simple o transferencia
. Cobranza (Remesa simple)
Nota: aunque considerado como un medio de pago simple, estudiaremos la Cobranza simple en el
capítulo dedicado a las cobranzas
1. El Cheque Personal
1.1. Definición
Se denomina cheque personal o de cuenta corriente al documento que emite una persona
física o jurídica no bancaria contra la cuenta que posee en una Entidad Financiera.
En el ámbito del comercio internacional se trata del cheque emitido por el importador
contra su propia cuenta bancaria, con el fin de cancelar sus deudas con el exterior por la
compra de mercancías o contratación de servicios.
Cuando un exportador recibe un cheque personal no significa que ha cobrado la venta al
exterior, dado que todavía falta efectuar la correspondiente gestión de cobro ante el banco
extranjero contra el que está extendido el mismo.
1.2. Características
a) Objeto del contrato
Es un medio de pago utilizado por el importador para cancelar sus deudas con el exterior
por la compra de mercancías o la contratación de servicios.
b) Intervinientes
En el cheque personal aparecen tres figuras:
?
. Librador: Importador o propietario de los fondos depositados en un banco y emisor
del cheque. Puede ser un particular o empresa.
. Librado: Es el depositario de los fondos. Se trata de una entidad financiera que
atenderá el pago siempre que el librador tenga fondos suficientes.
. Tenedor: Exportador o Persona que presenta al cobro el documento. Puede ser el
mero tenedor (en el caso del cheque emitido al portador) o una persona
especificada en el documento (si el cheque es nominativo).
1.3. Ventajas e Inconvenientes del Cheque Personal
Para el Importador (Librador del cheque)
Ventajas
Riesgos/Inconvenientes
• El importador puede, en la mayoría de los casos,
pagar el importe después de recibir la mercancía.
• Agilidad en la emisión.
• Permite el mantenimiento de fondos en cuenta
corriente hasta la fecha de pago.
• Supone un ahorro en comisiones y gastos respecto
al cheque bancario.
• Es una operación de fácil acceso y que se
caracteriza por una gran sencillez administrativa.
• Soporta el riesgo de cambio por la
diferencia que existe entre la fecha
de emisión del cheque y la fecha del
adeudo en cuenta
• Pérdidas o extravíos en el envío
Para el Exportador (Tenedor del cheque)
Ventajas
Riesgos/Inconvenientes
• El cheque personal no supone ninguna
ventaja específica para el exportador, salvo
que lo reciba en concepto de cobro
anticipado (total o parcial) de la transacción.
• No ofrece ninguna seguridad si el pago es
posterior a la entrega de mercancía
• El país del Librador (Importador) puede estar
en dificultades (Riesgo País), afectando esto
directamente al pago de la deuda
• No conoce la bondad del cheque (firma,
saldo y legalidad) hasta que su banco,
enviándolo en gestión de cobro, recibe el
abono correspondiente
• Retrasos en el cobro: cuando se recibe el
cheque aún no se ha cobrado (se debe
gestionar)
• Coste de tesorería: (el tiempo que se tarda en
recibir el pago se sigue financiando al
importador)
?
1.4. Proceso Operativo
¿Qué hace un exportador cuando recibe un cheque personal? Lógicamente el vendedor no
cuenta con medios suficientes para cobrar directamente el cheque. Por ello tiene que
recurrir a una entidad de crédito que se ocupe de realizar el cobro en su nombre.
Los bancos utilizan dos sistemas diferentes para gestionar el cobro de cheques sobre el
exterior:
• Negociación
Supone el descuento del documento, esto es, el abono inmediato de su importe
líquido una vez descontadas las comisiones y gastos. Por tanto, supone una
operación de riesgo para los bancos y, por tanto, consume límite de crédito.
• Gestión de Cobro
Se trata, tan sólo, de realizar una gestión de cobro ante el librado. No se abona
importe alguno hasta que el cheque es efectivamente cobrado. Por tanto, este tipo
de operativa no implica riesgo para el banco que se encarga de esta gestión.
El banco del exportador envía el cheque directamente al banco librado, espera que
éste le reembolse su importe y después abona al beneficiario. Este sistema es
mucho más lento que la negociación y retrasa el cobro del cheque un importante
número de días. Este sistema es necesario cuando la moneda en que está emitido
el cheque es distinta a la del país librador.
Fig. 2 – Esquema de Funcionamiento de un cheque personal (enviado en gestión de cobro)
1. De acuerdo con lo establecido en el contrato de compraventa, el exportador envía las mercancías
y los documentos que permitan su despacho al importador.
2. El importador envía al exportador según lo acordado, un cheque por el importe de la operación
librado contra su cuenta corriente en uno de sus bancos (en su propio país o en cualquier otro)
3. El exportador cuando recibe el cheque lo entrega a su banco para que gestione su cobro.
4. El Banco del exportador remite el cheque al Banco librado para obtener el pago.
5. El Banco Librado comprueba si el cheque es conforme (si hay saldo en la cuenta y si está emitido
correctamente) y adeuda su importe en la cuenta de su cliente importador.
6. El Banco Librado paga al Banco del exportador
7. El Banco abona el importe del cheque (menos los gastos por la gestión) al exportador.
1.- Mercancías y Documentos
Exportador
(Tenedor)
Importador
(Librador)
2.- Cheque personal
7. - Abono
deudoSdeudo
5.- Adeudo
deudoSdeudo
3.- Cheque
personal
4.- Envío del Cheque
Banco del Exportador
Banco del Importador
(Librado)
6.- Pago al Banco del Exportador
Esquema de Funcionamiento de un cheque personal (enviado en gestión de cobro)
?
1.5. Recomendaciones
Ante la presentación de un cheque personal en el banco del importador (Librado), éste
deberá tomar las precauciones necesarias para evitar la disposición fraudulenta de fondos.
Para ello deberá proceder del siguiente modo:
• Comprobar la identidad del tenedor del cheque.
• Examinarlo y comprobar que está en regla, y que no existen indicios de haber sido
manipulado o falsificado.
• Comprobar que la firma del librador que figura en el cheque coincide con la que
posee la entidad registrada en su libro firmas.
?
2. El Cheque Bancario
2.1. Definición
Es un documento emitido por un Banco, a petición de un importador, contra él mismo o a
cargo de otra entidad bancaria, normalmente ubicada en país diferente, y a favor del
exportador de la operación que originó el pago que se pretende cancelar.
Tiene una diferencia esencial con el cheque personal: mientras el personal es emitido por
una persona contra su cuenta corriente, el cheque bancario es emitido por el Banco Emisor
contra la cuenta corriente que tiene en el Banco Librado.
El exportador que utiliza este medio de cobro envía directamente al importador la
mercancía y la documentación y espera que éste le remita el cheque a su favor. Una vez
recibido el cheque, el exportador lo presenta a su banco el cual, salvo que existiesen dudas
sobre la solvencia del banco librador y/o de su país, lo ingresa en la cuenta del exportador
2.2. Características
a) Objeto del contrato
Es un medio de pago utilizado por el importador para cancelar sus deudas con el exterior
por la compra de mercancías o la contratación de servicios.
b) Intervinientes
En el cheque bancario aparecen cuatro figuras:
. Importador: Es el obligado a pagar en virtud de una operación de suministro de
bienes o servicios.
. Banco Emisor del cheque o Librador: Es el Banco propietario de los fondos
depositados.
. Banco Pagador o Librado: Como estamos hablando de transacciones
internacionales puede surgir la figura de banco pagador, que habitualmente es un
banco corresponsal del banco emisor, o él mismo. En definitiva es quien tiene que
pagar el cheque.
. Exportador: Es el beneficiario del pago, la persona que tiene derecho a cobrar el
cheque, por haber sido quien vendió las mercancías al exterior.
c) Otras características
. Las entidades financieras que emiten cheques pagaderos en otro país y en moneda
local, han de tener cuentas de corresponsalías con otras entidades financieras de
ese país y en moneda local, para poder disponer de esos fondos en el pago de los
cheques emitidos.
. El pago del cheque es exigible desde el momento en que se produce la presentación
al librado, ya que el cheque es un mandato de pago a la vista.
. La entidad financiera emisora es la garante del cheque bancario.
. El cheque bancario se debe solicitar siempre nominativo y cruzado, es decir, emitido
a nombre del exportador y que sólo puede ser cobrado mediante su ingreso en la
?
cuenta corriente del titular.
. Es recomendable aceptar solamente, aquellos cheques bancarios emitidos por
bancos internacionales de primera fila.
. El plazo de presentación de un cheque bancario depende del país de emisión y del
país donde se deba pagar.
. Cuando el cheque bancario es pagadero en el extranjero, el plazo de presentación
depende de la regulación del país en que éste vaya a ser pagado.
2.3. Ventajas e Inconvenientes del Cheque Bancario
Para el Importador
Ventajas
Riesgos/Inconvenientes
• El pago de la transacción queda sujeto
a su voluntad y criterio
• El importador puede, en la mayoría
de los casos, pagar el importe después
de recibir la mercancía.
• Agilidad en la emisión.
• Permite el mantenimiento de fondos
en cuenta corriente hasta la fecha de
pago.
• Soporta el riesgo de cambio por la
diferencia que existe entre la fecha
de emisión del cheque y la fecha del
adeudo en cuenta
• Si se ha efectuado un pago
anticipado sin garantía de anticipo y
no recibe la mercancía
Para el Exportador (Tenedor del cheque)
Ventajas
Riesgos/Inconvenientes
• Incrementa la seguridad de cobro
respecto al cheque personal.
• El descuento bancario se hace con
mayor prontitud y fluidez que en el
cheque personal, sobre todo si se
trata de un Banco de reconocida
solvencia, y de un país sin dificultades,
las firmas son conocidas y el tenedor
un cliente habitual y conocido.
• Posibilidad de falsificación del
cheque o existencia de endosos
fraudulentos.
• Saldo suficiente en la cuenta
librador
• Riesgo de extravío/robo del cheque.
• Riesgo para el exportador si remite
la mercancía antes de cobrar el
cheque.
• Cheque sido girado contra un banco
en dificultades (Riesgo Banco).
• El país del Banco Emisor puede estar
en dificultades (Riesgo País)
?
2.4. Proceso Operativo
En el caso de los cheques bancarios, los bancos utilizan los mismos dos sistemas para gestionar
el cobro de cheques librados sobre un banco en el extranjero que si se tratara de cheques
personales:
. Negociación
Abonando al exportador inmediatamente el importe líquido del cheque una vez
descontadas las comisiones y gastos.
. Gestión de Cobro
El banco del exportador envía el cheque directamente al banco librado, espera a que
éste le reembolse su importe y después abona al beneficiario. Este sistema es mucho
más lento que la negociación y retrasa el cobro del cheque un importante número de
días.
Fig. 3 – Esquema de Funcionamiento de un cheque bancario (enviado en gestión de cobro)
1) El exportador remite las mercancías y documentos que al importador.
2) El importador solicita a su Banco la emisión de un cheque bancario por el importe deseado (como
pago de la transacción comercial).
3) El Banco Emisor emite el cheque y lo entrega al importador, adeudando en la cuenta de su cliente
el importe correspondiente.
4) El importador envía el cheque al exportador para cancelar la deuda.
5) El exportador recibe el cheque y si está emitido contra un banco de su país, lo cobra directamente,
o si está emitido contra un banco no establecido en su país, lo entrega a su banco para que realice
el cobro.
6) El Banco pagador abona el cheque al exportador o procede a cobrarlo, abonándolo al exportador
con posterioridad.
7) Simultáneamente, el Banco del exportador adeuda en la cuenta del Banco Emisor (Librado) el
importe total de la operación.
1.- Mercancías y Documentos
Importador
(Ordenante)
Exportador
(Tenedor)
4.- Cheque bancario
2.- Solicitud
personal
3.- Cheque
deudoSdeudopers
6.- Abono
deudoSdeudopers
5.- Cheque
personal
7.- Adeudo en cuenta
Banco del Exportador
(Librado)
Banco del Importador
(Librador)
?
?
3. Orden de Pago Simple o Transferencia
3.1. Definición
La Orden de pago simple o Transferencia es un mandato que el importador da a su banco
para que envíe determinada cantidad de dinero a la cuenta que el exportador mantiene en
su banco.
El exportador envía directamente al importador la mercancía y la documentación; y espera
que éste le remita los fondos por transferencia a su favor en el plazo acordado.
3.2. Características
a) Objeto del contrato
Es un medio de pago utilizado por el importador para cancelar sus deudas con el exterior
por la compra de mercancías o la contratación de servicios.
Este medio bancario es similar al cheque bancario con la particularidad de que cuando la
entidad financiera comunica al exportador la recepción, a su favor, de una orden de pago
simple, éste solamente deberá declarar los datos relativos a la operación comercial que ha
generado el cobro.
La orden de pago simple es de carácter revocable, es decir, el importador puede cancelarla
mientras el exportador no haya cobrado, salvo que en la propia orden de pago se establezca
de forma expresa su carácter “irrevocable”.
b) Intervinientes
. Ordenante: El importador (comprador) que da instrucciones a su Banco (Entidad
emisora) para que emita la transferencia a favor de su proveedor (exportador).
. Banco Emisor: Recibe las instrucciones del ordenante y remite la transferencia a
favor del beneficiario. Las instrucciones normalmente van dirigidas a un
corresponsal de la Entidad emisora en el país de la divisa en la que se encuentra
cifrada la transferencia.
. Banco Corresponsal: Esta figura suele existir siempre que la transferencia se realiza
en divisa distinta a la del país de la Entidad emisora. Normalmente
independientemente de la operación subyacente, cualquier movimiento de fondos
entre entidades de distintos países y distinta divisa conllevará la intervención de uno
o más entidades corresponsales que actuarán de intermediarios entre la entidad
ordenante y la beneficiaria.
. Banco Pagador: Es la entidad en la que el beneficiario de la transferencia tiene la
cuenta. Esta entidad es la que finalmente abona el importe de la transferencia en la
cuenta del exportador.
. Beneficiario: el exportador a favor del cual se emite la orden de pago.
?
c) Clases de transferencias
En función del medio de comunicación utilizado para enviarlas, las transferencias u órdenes
de pago simples pueden ser:
. Transferencia postal: se confecciona una orden escrita en un impreso del banco emisor
que se remite al banco pagador por correo. En la actualidad el correo no se utiliza
prácticamente, y además no es aconsejable su utilización por la demora que pudiera
producirse, perdiendo, así, este medio de pago una de sus mayores ventajas: la rapidez.
Además, es muy poco seguro y exige que se verifiquen, en el banco pagador, la veracidad
de las firmas incluidas en el documento.
. Transferencia vía télex: se envía la orden al banco pagador utilizando Un mensaje télex
que contiene las instrucciones del pago. El télex sólo se emplea para transferencias a
países o bancos que no están conectados a la red SWIFT, ya que es un sistema lento y
poco seguro. Además necesita que se incluya en el propio mensaje una clave para poder
autentificar la operación.
. Transferencia vía SWIFT: la orden de pago se envía a través de la red Swift que agrupa
a la mayoría de los bancos mundiales. Es el sistema más utilizado porque aporta rapidez
y seguridad y porque permite
3.3. Ventajas e Inconvenientes de la Orden de Pago Simple
Para el Importador (Ordenante)
Ventajas
Inconvenientes
• El pago de la transacción queda sujeto
a su voluntad y criterio
• Es un sistema de pago muy seguro.
• Su coste es muy reducido (tiene las
comisiones más bajas, junto con el
cheque bancario).
• Es el medio de pago más rápido y se
gestiona de un modo sencillo. Y los
actuales sistemas de banca
electrónica de muchos bancos
permiten su gestión inmediata.
• Si se ha efectuado un pago
anticipado sin garantía de anticipo y
no recibe la mercancía
• Es más caro que el cheque personal
y además no le permite mantener el
importe a pagar en su cuenta
durante unos días, como ocurre con
la emisión del cheque personal
(diferencia de días entre la emisión
del cheque y el adeudo en su
cuenta).
?
Para el Exportador (Beneficiario)
Ventajas
Inconvenientes
• Es más seguro que el cheque, ya que
no hay posibilidad de extravío ni de
falsificación.
• Le permite recibir rápidamente los
fondos.
• Riesgo de no recepción de La
mercancía y de impago si el cobro no
es por anticipado
• Demoras por intermediaciones y
rutas de envío mal especificadas
3.4. Proceso Operativo
Fig. 4 – Esquema operativo de una Transferencia u Orden de Pago Simple
1) El exportador remite las mercancías y los documentos que permitan su despacho al importador.
2) El importador ordena a su banco que emita la transferencia u orden de pago.
3) El Banco del importador (Banco Emisor) adeuda la cuenta del importador.
4) El Banco Emisor emite la transferencia ordenando al Banco Pagador, pagar la cantidad acordada.
5) Al mismo tiempo procede a abonar al Banco Pagador esa misma cantidad.
6) El Banco Pagador, tras recibir la orden de pago, abona al exportador (beneficiario) el importe
establecido.
1.- Mercancías y Documentos
Importador
(Ordenante)
Exportador
(Beneficiario)
6.- Abono
deudoSdeudopers
2.- Orden de pago
3.- Adeudo
deudoSdeudopers
4.- Orden de pago simple
Banco del Exportador
(Banco Pagador)
Banco del Importador
(Banco Emisor)
5.- Adeudo en cuenta
Esquema de Funcionamiento de un cheque personal (enviado en gestión de cobro)
?
Los Medios de Pago Documentarios en el Comercio
Internacional
Son los que utiliza el exportador cuando percibe un riesgo de impago de carácter medio o alto,
por lo que puede desear mantener en todo momento el control de la mercancía enviada, en
tanto no se produzca el pago de la misma o la emisión de una promesa de pago futura.
Los documentos comerciales que dan acceso a la mercancía (factura, conocimiento de
embarque, etc.) son entregados por el exportador en su banco para que directamente (sucursal
propia) o a través de otro banco situado en el país del importador proceda a su entrega a éste
último siempre y cuando realice su pago o suscriba el compromiso de pago futuro si así es lo
acordado.
En caso de incumplimiento del importador, la mercancía sigue controlada por el exportador, si
bien se encuentra ya viajando o situada en un puerto extranjero, lo que le originara costes de
almacenamiento, seguros o pago del flete de retorno.
Los más utilizados, que estudiaremos a continuación, son los siguientes
• La Orden de Pago Documentaria
• Las Cobranzas Documentarias
• El Crédito Documentario (Carta de Crédito)
Nota: estudiaremos en este Tema la Orden de Pago Documentario, en tanto que las Cobranzas y el
Crédito Documentario los estudiaremos en detalle en los siguientes Temas
1. La Orden de Pago Documentaria
1.2. Definición
En el contexto del comercio internacional, podemos definir la Orden de Pago Documentaria
como la petición que cursa el Importador (Ordenante) a su Banco, para que pague a un
tercero (Beneficiario) una determinada cantidad de dinero contra la presentación de
determinados documentos especificados en la propia orden
1.3. Características
a) Objeto del contrato
La orden de pago documentaria es un medio de pago poco frecuente en el tráfico mercantil
internacional, ya que presenta características comunes con la orden de pago simple y con el
crédito documentario pero no tiene las ventajas de éstos.
?
La diferencia básica reside en que en la orden de pago simple el importador ordena pagar
después de recibir los documentos relativos a la expedición de la mercancía, salvo que el
pago se haya convenido anticipado, es decir, antes de que el exportador remita los
documentos y la mercancía al importador. En la documentaria, sin embargo, la entrega de
los documentos representativos de la mercancía, sin los cuales no puede disponer de ella,
está condicionada al pago de su importe.
Y dado su carácter documentario se habla de que existe un gran parecido entre la orden de
pago documentaria y carta de crédito (crédito documentario). Sin embargo, podemos
encontrar diferencias notables entre ambos:
• En la orden de pago documentaria, el banco emisor adeuda el importe de la
operación en el mismo momento de la emisión. Sin embargo en una carta de crédito
el banco emisor no adeuda el importe del crédito hasta el momento plazo acordado
(si se trata de una operación de pago diferido).
• En la orden de pago documentaria el banco no tiene obligación de examinar los
documentos, solamente confirma que los document
Mercado de Divisas y Riesgo de Cambio
MÓDULO
Medios de Pago
MÁSTER INTERNACIONAL EN CREACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
TEMA 1.
LOS RIESGOS EN EL COMERCIO INTERNACIONAL 2
Tabla de Contenido
......................................................................................................................................................... 1
1. Los Riesgos en el Comercial Internacional .................................................................................... 3
2. Riesgos comerciales .................................................................................................................... 3
2.1. ¿Qué es el Riesgo Comercial? .............................................................................................................3
2.1.1. Riesgo de impago .............................................................................................................................4
2.1.2. Riesgo de cancelación unilateral del contrato .................................................................................4
2.1.3. Riesgo de no aceptación de la mercancía ........................................................................................5
2.1.4. Riesgo de entrega .............................................................................................................................5
3. Riesgos políticos ......................................................................................................................... 5
3.1. Evaluación del riesgo político ..............................................................................................................5
3.1.1. Riesgo de transferencia ....................................................................................................................6
3.1.2. Riesgo de incumplimiento de contrato ............................................................................................6
3.1.3. Fuerza mayor ....................................................................................................................................6
4. Riesgo País .................................................................................................................................. 7
4.1. ¿Qué es el Riesgo País? .......................................................................................................................7
4.2. Componentes ......................................................................................................................................7
4.3. ¿Cómo se evalúa? ...............................................................................................................................7
4.4. ¿Cuál es la clasificación del riesgo país? .............................................................................................8
4.5. ¿Cómo se realiza la cobertura del riesgo país? ...................................................................................8
5. Riesgos financieros ..................................................................................................................... 8
5.1. Riesgo de cambio ................................................................................................................................9
5.1.1. ¿Qué es Riesgo de Cambio? .............................................................................................................9
5.1.2. ¿En qué momento empieza el Riesgo de Cambio? ..........................................................................9
Existe, en ocasiones, cierta confusión respecto al concepto Riesgo de Cambio. Concretamente, respecto al momento en que se genera o inicia dicho riesgo, especialmente, en operaciones comerciales de importación y exportación. ...........................................................................................................................9
5.1.3.- ¿Cuál es la estrategia de gestión del Riesgo de Cambio? ............................................................... 10
5.1.4.- ¿Cuáles son los instrumentos de protección? ................................................................................ 10
5.2. Riesgo de tipos de interés ................................................................................................................ 11
6. Otros tipos de riesgos ............................................................................................................... 11 3
1. Los Riesgos en el Comercial Internacional
En las operaciones de Comercio Exterior existen una serie de riesgos básicos, independientemente de que la operación vaya a ser financiada por una entidad de crédito, ya sea del lado del importador, o del lado del exportador. Estos riesgos son los siguientes
• Riesgos Comerciales
• Riesgos políticos
• Riesgo país
• Riesgos financieros
Por supuesto, no siempre coincidirán todos estos riesgos, pero en ocasiones será necesario afrontar todos ellos en el desarrollo ejecución de transacciones de comercio exterior.
Además de estos riesgos básicos tanto exportadores como importadores se enfrentan a otros riesgos inherentes al Comercio Internacional, como son, entre otros, los riesgos de fraude, documentarios legales, y de transporte.
Durante la fase de negociación es necesario ser capaz que seamos capaces de entender los riesgos a los que nos enfrentamos así como que medios de cobertura existen para mitigar esos riesgos, y el papel que en algunas ocasiones las entidades financieras puede desempeñar para ayudarnos, aunque es imprescindible tener muy claro saber hasta dónde llegan las obligaciones y responsabilidades de los bancos en el ciclo operativo de una transacción y el medio de pago utilizado.
Para cubrir estos riesgos existen básicamente tres posibilidades: usar los medios de pago, el seguro de crédito a la exportación o los servicios de las empresas de factoring y forfaiting. Analizaremos, en primer lugar, la cobertura a través de los medios de pago en función del tipo de riesgo.
2. Riesgos comerciales
2.1. ¿Qué es el Riesgo Comercial?
Es el riesgo de crédito derivado de la insolvencia de cualquier empresa, incapaz de hacer frente a sus obligaciones de pago (del principal y/o de los intereses) llegado el vencimiento de las mismas.
Este riesgo no es exclusivo del comercio internacional. Existe en toda transacción de compra-venta.
Pero en el ámbito del comercio exterior está en cierto modo agravado por el hecho de tratar con países distintos, desconocidos y por la distancia física existente. Las dificultades para obtener información adecuada y suficiente de la contraparte, las diferentes costumbres comerciales y la diversidad de entornos legales, no hacen sino incrementar de forma significativa los riesgos de carácter comercial.
• Evaluación: La concesión de un crédito comercial a un cliente (es decir un pago aplazado, posterior a la recepción de las mercancías) implica el análisis de los riesgos que se está dispuesto a asumir con él. Por ello, la evaluación del riesgo de insolvencia se efectúa, en esencia, atendiendo a los siguientes factores:
a) Importancia comercial y económica del cliente:
??Solvencia
??Relaciones que se mantienen con el cliente
4
??Volumen de negocio
b) Importe o límite del crédito
c) Plazos y duración del crédito
d) Garantías aportadas por el importador
Según el momento en que se encuentra la operación y a la parte a la que afecta podemos, a su vez, distinguir entre:
• Riesgo de impago: es el riesgo comercial por excelencia, en el que incurre la parte vendedora cuando el comprador, a quien se ha entregado la mercancía solicitada, no atiende su obligación de pago.
• Riesgo de cancelación unilateral del contrato: es el riesgo en que incurre el vendedor, antes de la entrega de la mercancía, en el caso que el comprador no quiera o no pueda aceptar la entrega de una mercancía.
• Riesgo de no aceptación de la mercancía
• Riesgo de entrega: el importador debe considerar la posibilidad que la mercancía recibida no satisfaga los requisitos contractuales, es decir que no sea conforme con la calidad esperada, no se entregue en tiempo y forma, o no se entregue en absoluto.
2.1.1. Riesgo de impago
Como ya hemos indicado se refiere al posible impago por parte del importador, bien por una situación jurídica determinada (suspensión de pagos o quiebra) o, simplemente, por una actuación de mala fe.
• Coberturas: para evitar este riesgo hay que tratar de instrumentar la operación de venta mediante crédito documentarlo, carta de crédito standby, o aval bancario. En las exportaciones que se liquidan mediante cobranza documentaria puede producirse el impago, pero la mercancía queda bajo el control del exportador. Pero si la venta se produce con pago aplazado, la solución estaría en la entrega de los documentos al importador contra la aceptación de este y un aval bancario en la propia letra.
2.1.2. Riesgo de cancelación unilateral del contrato
Este hecho puede ocurrir desde que el importador realiza el pedido hasta el momento en que la mercancía es embarcada. La anulación del contrato por parte del comprador creará un grave quebranto al exportador, sobre todo si la mercancía está en proceso de producción o está ya fabricada bajo unas especiaciones determinadas.
• Coberturas: Si el medio de pago empleado es el crédito documentarlo, la cancelación no puede darse sin la autorización del exportador, ya que por las características de la del crédito documentario existe un banco (emisor o confirmador del crédito) que está comprometido irrevocablemente a realizar el pago.
Otra opción es disponer de un aval bancario de cumplimiento o garantía bancaria a primera demanda.
Finalmente, es frecuente que en caso de no disponer de la mercancía en almacén y, por tanto, tener que fabricarla, se solicite del importador un anticipo del precio final que puede variar entre 5
el 15 por 100 y el 225 por 100 del importe del pedido. Es lógico suponer que, cuanto mayor sea el importe del anticipo, menos posibilidades existen de anular el pedido.
2.1.3. Riesgo de no aceptación de la mercancía
Es otra posibilidad que puede ocurrir, muy similar a la cancelación de contrato, salvo que incluso puede suponer supone mayores prejuicios para el exportador, pues la mercancía estará fabricada y, probablemente, se ha incurrido en gastos de embalaje, transporte y aseguramiento.
• Coberturas: las mismas que para el riesgo de cancelación de contrato
2.1.4. Riesgo de entrega
El importador debe considerar la posibilidad que la mercancía recibida no satisfaga los requisitos contractuales, es decir que no sea conforme con la calidad esperada, no se entregue en tiempo y forma, o no se entregue en absoluto.
• Coberturas: con la utilización de medios de pago documentarios, como la cobranza o el crédito documentario el importador se puede asegurar de que la mercancía que recibirá es le estipulada en el contrato, y en caso contrario no estará obligada pagar.
Pero si ha efectuado un pago anticipado, el medio de cobertura sería la obtención de una garantía bancaria de anticipo
3. Riesgos políticos
Dependiendo del país con el que se trabaje habrá, en mayor o menor medida, riesgos políticos. Las medidas políticas que adopte el Gobierno de un país pueden afectar a la capacidad de sus residentes para realizar transacciones comerciales o directamente obligar al incumplimiento de alguna de las cláusulas del contrato firmado con un socio exterior.
Los cambios políticos afectan sobre todo a los contratos con las empresas públicas y a las licitaciones internacionales.
3.1. Evaluación del riesgo político
En el ámbito del comercio internacional, es crucial que las empresas puedan conocer, evaluar y de alguna manera prever los riesgos políticos a que se pueden ver enfrentadas en el desarrollo de sus actividades en otros países. Pero, ¿cómo puede esto lograrse?
Esta labor es especialmente difícil, por tratarse justamente de situaciones futuras, generalmente impredecibles, que no pueden identificarse exactamente al planear una venta o una inversión. Adicionalmente, dada la amplia variedad de países y áreas de negocios, no es muy probable que los analistas de riesgo puedan elaborar un modelo general para llenar las necesidades específicas de todas las firmas, que se dedican a actividades diversas en países diferentes.
A pesar de estas dificultades, se han diseñado diferentes índices de riesgo que cubren muchos países, los cuales son útiles en los procesos de toma de decisiones sobre inversión extranjera. Algunos ejemplos son el Euromoney Country Risk Index, sobre las tendencias en los mercados de crédito internacional y el World Political Risk Forecast (W.P.R.F.).
Los riesgos políticos están compuestos por los siguientes parámetros: 6
• Riesgo de transferencia
• Riesgo de incumplimiento de contrato
• Fuerza mayor
3.1.1. Riesgo de transferencia
Puede ocurrir cuando existen intereses económicos en un país que provoquen que gobierno congele las transferencias al exterior, o no garantice la convertibilidad de las divisas. En estos casos puede ocurrir un impago como consecuencia de este riesgo político.
• Cobertura: las compañías aseguradoras, las ECAs (Agencias de Crédito a la Exportación) y otros organismos cubren este tipo de riesgo.
Además en países en los que la situación económica sea muy inestable, pueden darse quiebras o suspensión de pagos de los bancos, lo que también provocaría un impago de la transacción. La utilización como medio de pago un crédito documentario confirmad en el país del exportador, evitará este riesgo.
3.1.2. Riesgo de incumplimiento de contrato
Las medidas políticas de un gobierno también pueden imposibilitar que un socio comercial sea capaz de cumplir con lo que firmó en el contrato. Es decir, se trata de cualquier medida gubernamental que pueda afectar al cumplimiento del contrato por una de las partes.
• Cobertura: los cambios políticos afectan sobre todo a los contratos con las empresas públicas y a las licitaciones internacionales. Como exportadores el único medio para mitigar estos riesgos es suscribir una póliza de seguro o haber usado el crédito documentario como medio de pago.
Las entidades públicas de financiación del comercio exterior son, en general, las únicas que aseguran los riesgos políticos. Las ECAs (Agencias de Crédito a la Exportación) ofrecen a las empresas coberturas a los riesgos del comercio exterior.
3.1.3. Fuerza mayor
Son sucesos de carácter catastrófico que se definen como “circunstancias o sucesos de carácter catastrófico acaecidos fuera del país del exportador que impidan al deudor extranjero realizar el pago”.
• A estos efectos se consideran sucesos catastróficos los calificados como extraordinarios por las disposiciones locales que regulan la compensación de tales siniestros.
• A modo de referencia, éstos son: terremotos, maremotos, huracanes, etc. También se considera la insolvencia de hecho o de derecho del deudor cuando el impago sea consecuencia directa de circunstancias de carácter catastrófico u extraordinario.
• Es lo que tradicionalmente se dio en llamar "Actos de Dios", que pueden derivar en la suspensión de pagos o en cancelación de contratos.
7
4. Riesgo País
4.1. ¿Qué es el Riesgo País?
El Riesgo país es el derivado de las condiciones de estabilidad política y financiera y del desarrollo económico e institucional de un país.
En un sentido amplio el riesgo país refleja el nivel financiero de un país, la situación de su moneda, el rendimiento económico y su trayectoria histórica en cuanto al cumplimiento de sus obligaciones financieras internacionales.
4.2. Componentes
Dentro del riesgo país se hace una diferenciación entre:
a) Riesgo soberano, es el que afecta a “los acreedores de los estados o de entidades garantizadas por ellos, en cuanto pueden ser ineficaces las acciones contra el prestatario o último obligado al pago por razones de soberanía”.
b) Riesgo de transferencia, “es el de los acreedores extranjeros con respecto a un país que experimenta una incapacidad general para hacer frente a sus deudas por carecer de la divisa o divisas en que están denominadas”.
La razón de esta distinción es la división de la deuda externa de los países en:
a) Deuda externa soberana, incluye tanto las deudas contraídas por el gobierno del país en cuestión, como las que están garantizadas por éste (ya sean del sector público o privado). Debido al carácter soberano de los países es imposible exigirles, al menos por los métodos habituales, el cumplimiento de sus obligaciones.
b) Deuda externa privada, no está garantizada por el gobierno. La imposibilidad de realizar el pago se debe a circunstancias económicas del país o a la situación política del mismo y, por tanto, independientes de la voluntad del deudor. Por ejemplo, cuando en el país se carece de la divisa en que está denominado el pago, aunque la empresa sea solvente.
Cuando las deudas estén denominadas en la moneda del país del importador no existirá riesgo de transferencia sino Riesgo de Insolvencia de la empresa que recibe el crédito comercial, es decir que entra en el ámbito del Riesgo Comercial.
4.3. ¿Cómo se evalúa?
Antes de firmar un contrato de compraventa los exportadores deberán conocer y evaluar el riesgo del país del importador. Existen dos dimensiones básicas a considerar, la económica y la política. La dimensión económica hace referencia a la posibilidad de cumplir con los compromisos de pago de la deuda externa y la política trata de la voluntad de atender dichos compromisos.
a) El aspecto económico se evalúa a través de una serie de variables (diversos ratios extraídos de la balanza de pagos, renta per cápita, ratio reservas/PNB, etc.), que tratan de medir los elementos que suelen considerarse al analizar la situación económica de un país. Estos son:
• Crecimiento económico y diversidad de factores que lo motivan.
• Política económica.
• Relaciones económicas exteriores.
8
• Cargas derivadas de la deuda externa.
• Liquidez disponible, incluyendo el nivel de reservas.
• Balanza de pagos.
• Perspectivas económicas generales.
b) En lo referente a la dimensión política, aunque es más difícil de analizar objetivamente, existen una serie de factores habitualmente utilizados al evaluar el nivel de “riesgo político”:
• Posición política de la estructura del poder, es decir, quiénes ocupan los puestos de poder y cuál es su postura ante la inversión exterior.
• Estabilidad del régimen político, implica analizar también como podría afectar un cambio de régimen político a la deuda externa.
4.4. ¿Cuál es la clasificación del riesgo país?
La OCDE (www.oecd.org) publica una clasificación de los países teniendo en cuenta varios indicadores cuantitativos y cualitativos. Entre los primeros se encuentran el historial de cumplimiento en pagos inter-nacionales y las situaciones económica y financiera. En los aspectos cualitativos se valora fundamental-mente el riesgo político.
Los resultados de esta clasificación se utilizan para fijar la tasa mínima de interés en las transacciones cubiertas por Agencias de Crédito a la Exportación
4.5. ¿Cómo se realiza la cobertura del riesgo país?
La cobertura del riesgo país se realiza fundamentalmente a través del Seguro de Crédito a la Exportación. Este seguro obliga al asegurador a indemnizar al asegurado por las pérdidas finales que experimente a causa de la insolvencia o la imposibilidad de pago de sus deudores, que le impidan llevar a buen término sus créditos. A cambio el exportador o el comprador se obliga al pago de una prima.
Podemos dividir el riesgo cubierto por este seguro en dos tipos:
• Comercial, en función de la solvencia del deudor y sus garantes si los hubiera.
• Político cuando el deudor o el garante son entidades públicas y/o extraordinarias, causados por situaciones de carácter catastrófico que impiden al importador el pago de la deuda.
5. Riesgos financieros
Son los riesgos relativos a las fuentes financieras y a la gestión de las mismas. Podemos clasificarlos como:
• Riesgo de cambio
• Riesgo de tipos de interés
El riesgo de cambio es el principal de estos riesgos en el momento en que en la operación comercial intervienen más de una divisa. Prever el cambio de las divisas en el futuro es imposible. Mucho menos los movimientos especulativos de los inversores con las divisas. El riesgo de cambio es un elemento que incide directamente en el resultado del negocio. Pero no siempre es posible conseguir el pago al contado en el 9
momento en que se cierra la operación o que se pague en nuestra divisa. El seguro de cambio y las opcio-nes sobre divisas son los dos mecanismos de cobertura que ofrecen las entidades financieras.
5.1. Riesgo de cambio
El riesgo de cambio es el principal de estos riesgos en el momento en que en la operación comercial intervienen más de una divisa. Prever el cambio de las divisas en el futuro es imposible. Mucho menos los movimientos especulativos de los inversores con las divisas. El riesgo de cambio es un elemento que incide directamente en el resultado del negocio. Pero no siempre es posible conseguir el pago al contado en el momento en que se cierra la operación o que se pague en nuestra divisa.
5.1.1. ¿Qué es Riesgo de Cambio?
Se conoce como Riesgo de Cambio la posibilidad de pérdida o beneficio en el valor de un activo expresado en divisas debido a una variación en la tasa de cambio.
Ello se debe a que el valor de las divisas no es constante, sino que fluctúa en el tiempo, por lo que cualquier operación con cobro o pago aplazado, entre distintas divisas, lleva implícito un riesgo de cambio. La evolución de la cotización de la propia moneda con respecto a la divisa en que se encuentre denominada la operación considerada, determinará si a su vencimiento tendremos una ganancia o una pérdida.
El riesgo de cambio puede ser provocado por:
• Una actividad comercial con el extranjero.
• Una actividad financiera en divisas.
• Por el desarrollo internacional de la empresa.
Todas estas actividades implican una fecha futura de cobro/pago expresados en divisas, por lo que están expuestas a las variaciones de las tasas de cambio de éstas.
Se dice que una moneda “A” se ha “apreciado” con respecto a otra moneda “B” durante un determinado espacio de tiempo “t” cuando, al final de éste, el valor de “A” se ha incrementado con respecto al valor de “B”. Es decir, cuando para una unidad o cantidad fija de unidades de moneda “A” se obtienen, en el momento “t”, una mayor cantidad de unidades de moneda “B” que las que se podían obtener en el momento “0”.
En este caso también se dice que la moneda “B” se ha “depreciado” con respecto a la moneda “A”.
El “cambio”, no es sino el “valor de intercambio” entre dos divisas, en la medida en que refleja el número de unidades necesarias para la adquisición de otra.
En el mismo sentido se habla de “tipo de cambio” o “cotización” entre divisas.
5.1.2. ¿En qué momento empieza el Riesgo de Cambio?
Existe, en ocasiones, cierta confusión respecto al concepto Riesgo de Cambio. Concretamente, respecto al momento en que se genera o inicia dicho riesgo, especialmente, en operaciones comerciales de impor-tación y exportación.
En términos generales, el Riesgo de Cambio empieza cuando existe el conocimiento o confirmación de que va a producirse, salvo imponderables, un pago o un cobro en divisa distinta de la propia en un futuro.
Así, en una operación comercial de compraventa internacional, el inicio del Riesgo de Cambio se dará en el momento de confirmación del acuerdo entre comprador y vendedor, normalmente a través del pedido 10
en firme, en el que suele figurar lo que se compra y vende, cantidad y precio en una divisa determinada, que será la divisa de pago/cobro.
Para la parte (importador y/o exportador) en que dicha divisa de pago/cobro no coincida con la divisa local, se iniciará, normalmente, el Riesgo de Cambio, dado que ya se ha acordado un precio en una divisa para la que existe, en ese momento, un “tipo de cambio” a moneda local.
El tipo de cambio existente en el momento del pedido puede, evidentemente, variar al alza o a la baja y ser totalmente distinto el día en que, efectivamente, se realice el pago o cobro de la operación comercial.
La fluctuación que puede tener lugar entre la divisa de la operación comercial y la divisa propia, desde la fecha del pedido en firme a la fecha de pago/cobro constituye el Riesgo de Cambio.
5.1.3.- ¿Cuál es la estrategia de gestión del Riesgo de Cambio?
Lo primero que debe hacer una empresa para poder llevar a cabo una efectiva gestión del riesgo es conocer la situación de riesgo al que se enfrenta, para después decidir sobre las líneas de actuación que le interesa seguir. Por tanto, la gestión del riesgo pasa por dos etapas, que son:
a) Conocer y cuantificar la situación de riesgo. Es decir, conocer:
• Los tipos de cambio tanto de contado como de plazo.
• Las predicciones sobre la evolución de los tipos de cambio.
• Parámetros económicos básicos, que permitan analizar la situación de los mercados.
b) Decidir sobre las líneas de actuación. La empresa puede actuar frente al riesgo:
• Activamente, cubriéndose contra el riesgo.
• Pasivamente, no cubriéndose contra los posibles riesgos por no considerarlo necesario.
La gestión del riesgo de cambio se refiere a todas aquellas medidas que la empresa pueda tomar para limitar, o en su caso, evitar los efectos negativos de las fluctuaciones de los tipos de cambio puede tener sobre el valor de la empresa.
5.1.4.- ¿Cuáles son los instrumentos de protección?
En caso de que la empresa decida cubrirse contra el riesgo de cambio, el mercado proporciona diversos instrumentos de protección que podemos clasificar entre internos y externos. Los más utilizados son
a) Internos
• Acuerdos para compartir riesgos, que suelen establecerse con proveedores y clientes de otras nacionalidades con los que existe una relación continuada.
• Emparejamiento de pagos y cobros que se realicen en la misma divisa, de forma que los riesgos se compensen.
• Utilización en los contratos de una cláusula multidivisa, que permite, bajo ciertas condiciones, modificar la divisa o divisas en que se ha de realizar el pago.
• Cifrar los cobros/pagos en moneda nacional.
b) Externos
Podemos clasificarlos en los que se encuentran dentro y fuera del balance.
En balance:
• Depósitos en divisas, la empresa hace en su Banco un depósito equivalente a la cantidad que ha de abonar en el futuro y en la divisa en que el pago esté cifrado, lo que, además, le proporciona una determinada rentabilidad.
Fuera de balance, y generalmente negociados y contratados con una Entidad Financiera:
• Seguro de cambio, en una operación de compraventa de divisas a plazo se fija el cambio comprador/vendedor de la moneda aplicable a la fecha de entrega de la divisa.
• Futuros sobre divisas, son contratos realizados en los que se pacta un cambio futuro sobre un importe prefijado y sobre el que se establece una garantía en concepto de depósito; dicha garantía está sujeta a liquidaciones diarias para ajustar las fluctuaciones de la tasa de cambio, si es en mercados organizados.
• Swaps, acuerdos consistentes en el intercambio de dos monedas al tipo de cambio de contado vigente el día del inicio del contrato. Llegada la fecha de vencimiento, las partes realizarán la operación contraria al precio de contado del día inicial. La parte que recibe la moneda con mayor tipo de interés pagará el diferencial a la otra parte.
• Opciones, es un contrato que da lugar a un derecho a comprar o vender una cantidad determinada de divisas a un tipo de cambio prefijado (precio de ejercicio). La opción puede referirse a una fecha futura determinada (opción europea) o a un período de tiempo establecido (opción americana). Todo ello a cambio de un precio o prima de la opción.
5.2. Riesgo de tipos de interés
El riesgo de tipo de interés asociado a las operaciones de comercio internacional es el que soportarán el exportador o el importador, dependiendo de las distintas situaciones en que se encuentren.
• Este riesgo está muy ligado a las necesidades de prefinanciación para abordar operaciones de comercio exterior, cuando al obtener un crédito bancario, ya sea en nuestra propia moneda o en alguna divisa, una subida de los tipos de interés (podrá tener repercusiones importantes en los costes financieros.
• En las operaciones de comercio exterior, a largo plazo, el prestamista o el prestatario tienen un riesgo de tipo de interés, ya que la evolución futura de los tipos a medio plazo no es predecible.
• En las operaciones comerciales a corto plazo, el riesgo de tipo de interés está muy minimizado, ya que existe una mayor estabilidad en los tipos a corto plazo y sus variaciones suelen ser de poca importancia.
6. Otros tipos de riesgos
Existen muchos más riesgos en el comercio internacional. Algunos de ellos coinciden con los mismos que podemos encontrar haciendo negocios sin salir de las fronteras, pero otros son propios de comerciar en el extranjero.
En gran medida, van a depender mucho del tipo de operaciones. No tiene los mismos riesgos una compra-venta internacional que un proyecto de “project finance” o una operación de crédito importador con un país de cuestionada solvencia.
Entre los más relevantes encontramos los siguientes: 12
• Riesgo de fraude: A pesar de tratarse de una forma concreta del riesgo de carácter comercial, el riesgo de fraude responde a unas características propias. Se trata de un auténtico engaño premeditado con voluntad de enriquecimiento ilícito, y no de una mera desavenencia comercial más o menos intencionada. La falta de experiencia de las empresas que se inician en el comercio internacional las convierte en objeto de deseo para defraudadores de toda guisa.
• Riesgo de transporte: Las mayores distancias en el comercio internacional comportan un aumento en la complejidad del transporte. Las posibilidades de manipulación y transbordo de la mercancía a manos de los transportistas aumentan significativamente. Además, el uso de sistemas no habituales en el comercio interior, como el avión o el barco, o la combinación de diferentes medios, implica la utilización de contratos de transporte diferenciados. El expedidor y el destinatario deben conocer, evaluar y neutralizar los riesgos que representan estos factores.
• Riesgos de tipo legal: Al mantener relaciones comerciales con el exterior deben analizarse las diferencias en los sistemas jurídicos y su posible repercusión en el éxito de la operación. Las leyes aplicables, los sistemas jurídicos, la existencia de convenios internacionales en determinadas materias o el coste económico de pleitear en el extranjero son aspectos a tener en cuenta: en determinados casos pueden ser poco importantes y en otras ocasiones pueden llegar a desaconsejar la operación.
• Riesgo documentario: Aunque podría incluirse dentro de los riesgos de tipo legal, el riesgo documentario tiene unas características específicas. Es consecuencia de las dificultades en el despacho o en la expedición de una mercancía por falta o insuficiencia en la documentación aduanera exigida.
• Riesgos fiscales: Son los derivados de la normativa sobre repatriación de beneficios, ayudas al comercio internacional y los propios de las aduanas que pueden producir retrasos, restricciones a la entrada de mercancías y aumentar los costes de la operación.
Por tanto es muy importante conocer la legislación aplicable y posibles exenciones y beneficios a los que acogerse.
• Riesgo de proyecto: El riesgo en un proyecto es un evento o condición incierta que si ocurre, tiene un efecto positivo o negativo sobre el inicio o ejecución de un proyecto.
En comercio internacional suele estar relacionado con la participación de empresas en licitaciones y concursos públicos.
• Riesgo de contrato: Temas como el idioma del contrato, la legislación aplicable, la gestión de las aceleraciones y retrasos en las entregas, las cláusulas de revisión de precios, o las variaciones son factores del contrato en los que el riesgo va inexorablemente asociado.
0
ASIGNATURA 13
Mercado de Divisas y Riesgo de Cambio
MÓDULO
Medios de Pago
MÁSTER INTERNACIONAL EN CREACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
TEMA 2. LOS MEDIOS DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
NOTA TÉCNICA 2. LA ELECCIÓN DEL MEDIO DE PAGO EN EL COMERCIO INTERNACIONAL
1
La Elección del Medio de Pago en el Comercio Internacional
1. Introducción a los Medios de Pago
En las transacciones comerciales internacionales es fundamental considerar los diferentes Medios de Pago que están disponibles para los importadores y los exportadores. La elección del medio de pago correcto no solo puede representar la conclusión segura de una transacción de comercio sino también puede ser una estrategia financiera que mejora la competitividad de una empresa en mercados internacionales.
Los Medios de Pago utilizados en el comercio internacional son básicamente los mismos que se utilizan en el comercio doméstico aunque tienen algunas características que los diferencian de estos. Entre ellas están la distancia geográfica, variedad de divisas, distintas regulaciones legales, variedad de coyunturas económicas, etc…
El análisis de los medios de pago, así como los métodos de financiamiento son comúnmente dejados de lado por empresarios al negociar sus productos en el extranjero. Esto puede ser un error muy grave debido al impacto financiero y al riesgo que corre la un tipo de pago respecto a otro. Usados correctamente estos instrumentos puede convertirse en una importante herramienta de negocio.
En la presente unidad analizaremos los principales medios de pago que se usan, por parte de las empresas, en las operaciones de comercio internacional y trataremos de aclarar cual es el medio de pago más adecuado a una situación en particular y como la decisión del medio de pago es muy importante que se incluya en las negociaciones entre el importador y exportador desde el principio de las mismas, debido a los costos y a la seguridad que ofrecen cada uno.
2. La elección del Medio de Pago
Es evidente que los intereses del importador y del exportador no solo son diferentes sino que son contradictorios Es decir, el comprador siempre buscara retardar el pago lo más posible, mientras que el vendedor buscara recibir su pago lo antes posible. La cuestión es cómo encontrar el equilibrio ideal en las que ambas partes estén satisfechas.
En el momento de iniciar la negociación de un contrato de compraventa, las partes deben preguntarse cómo, cuándo y dónde debe hacerse el pago. Estas decisiones estarán relacionadas con una serie de factores que tienen que ver con el tiempo, lugar, moneda y fórmula bancaria elegida para concertar las operaciones de compraventa.
Por consiguiente las partes deben distinguir entre plazo, momento, divisa y medio de pago:
• El plazo es el período concedido por el exportador al importador para que efectúe el pago de las mercancías adquiridas. Influye necesariamente la naturaleza de las mismas;
2
según sean de bienes de consumo o de bienes de equipos, se puede distinguir el corto plazo (desde 90 días a 1 año), medio plazo (entre 1 y 5 años) y el plazo largo (más de 5 años).
• El momento de pago se refiere al cuándo, cómo y dónde se efectuará el pago con relación a la entrega, que puede ser pago antes de la entrega (pago anticipado), durante la entrega (pago simultáneo) o después de la entrega (pago aplazado u open account).
• La divisa de pago se refiere a la moneda en que se cifra la transacción. Generalmente el exportador preferirá que la transacción se realice en su divisa porque ésa es la moneda en la que se soporta la mayor parte de sus costes de producción y además elimina el riesgo de cambio. Por su parte, el importador preferirá pagar en su moneda nacional, porque ésa es la moneda en que cobrará la mayor parte de sus ventas.
• Los medios de pago son aquellos instrumentos con los que se liquidará la transacción. Los principales medios de pago son: cheque bancario, cheque personal, orden de pago simple, orden de pago documentaria, cobranzas simples y documentarias y el crédito documentario.
En las operaciones de compraventa, tanto domésticas como internacionales, siempre existe un riesgo latente, que es el impago de la operación; además en las operaciones internacionales hay otra serie de riesgos añadidos (diferentes legislaciones, aduanas, periodos de transito largos, etc.). Por ello, dependiendo de todos estos factores y fundamentalmente de la confianza que haya entre las partes de que cada uno cumplirá sus obligaciones, se elegirá un medio u otro.
Es por ello que la la elección del Medio de Pago se basará en alguna de estas premisas o en el conjunto de ellas:
• Grado de confianza: cuando las partes tienen un alto grado de confianza entre ellas o aperciben el riesgo de la transacción como bajo, pueden optar por buscar medios de pago de bajo coste. Puede que el comprador efectúe un pago anticipado antes de recibir la mercancía; o puede que el vendedor envié la mercancía y conceda un pago aplazado (open account) al comprador, sin necesidad de garantizar ese pago.
Sin embargo, cuando la confianza no es suficiente, las partes tenderán a exigir un medio de pago que garantice al exportador el cobro y al importador la recepción de la mercancía.
• Grado de necesidad: la necesidad de comprar o vender (o una posición de fuerza entre las partes) puede llevar a la imposición del medio de pago por la parte que tenga más fuerza en la negociación. Si la parte importadora es la más fuerte es muy probable que pida plazo de pago más largo. En el caso contrario, si el exportador es más influyente que el importador, este exigirá plazos más cortos, inclusive pago por adelantado.
• Riesgo país: y finalmente, el riesgo país derivado de la situación política o económica del país del importador puede llevar al vendedor a exigir un medio de pago que le proteja de posibles riesgos derivados de la inestabilidad en el país de su cliente.
3
• Costes financieros: las partes deberán evaluar los costes de los diferentes medios de pago por los que pueden optar. Es claro que cuanto más elevados son los costes financieros, mayor seguridad ofrecen.
Pero conviene recordar que en general, no hay ningún medio de cobro que ofrezca el mismo nivel de Ventajas/Inconvenientes para ambas partes. En cualquiera de ellos, siempre existe una parte con ventaja respecto a la otra. 4
3. Clasificación de los Medios de Pago
3.1. Por la tramitación de la documentación
Una primera clasificación divide los medios de pago en simples y documentarios:
• Medios de pago documentarios: son los que utiliza el exportador cuando percibe un riesgo de impago de carácter medio o alto, por lo que puede desear mantener el control de la mercancía enviada hasta que se efectúe el pago de la misma o la emisión de una promesa de pago futura (Ej.: aceptación de una letra de cambio
En este caso tanto los documentos comerciales que dan acceso a la mercancía (factura, conocimiento de embarque, etc.) como los documentos financieros (letra de cambio, pagaré etc.) son entregados por el exportador a su banco para que directamente o a través de otro banco situado en el país del importador los entregue al importador siempre y cuando efectúe el pago o suscriba el compromiso de pago futuro.
En estos medios de pago encontramos la Orden de pago documentaria, la Cobranza (Remesa) documentaria y el Crédito documentario (Carta de crédito)
• Medios de pago simples: Su utilización no implica para el banco del exportador ningún tipo de gestión de la documentación comercial, ya que la misma se envía directamente por el exportador al importador, por lo que el primero de ellos renuncia al control de la mercancía.
Esto significa que no se condiciona la entrega de la mercancía (documentos que la representan) al pago o promesa de pago de la misma, por lo que el riesgo de impago aumenta considerablemente.
Entre ellos encontramos el Cheque personal, el Cheque bancario, la Orden de pago simple o transferencia y la Cobranza (Remesa) simple.
3.2. Por el momento del pago
Las mercancías vendidas se pueden pagar anticipadamente, simultáneamente o con posterioridad a su recepción:
• Pago anticipado: no es usual y solamente se produce en el comercio con países de alto riesgo o en situaciones en las que el objeto del contrato son mercancías con escasa oferta y alta demanda mundial.
• Pago simultáneo: es la solución ideal para ambas partes. Se produce en algunas operaciones de carácter documentario en las que el pago coincide con la recepción de los documentos representativos de la mercancía.
Pago aplazado: en este caso, el exportador envía la mercancía y los documentos esperando el pago de los mismos. En muchas ocasiones, especialmente en las exportaciones de 5
bienes de equipo, el exportador concede aplazamientos de pago al comprador financiándole la operación.
Fig. 1 – Clasificación de los medios de pago Medios de Pago Simples Medios de Pago Documentarios
• Cheque personal
• Cheque bancario
• Orden de pago simple o transferencia
• Cobranza (Remesa) simple
• Orden de pago documentaria
• Cobranza (Remesa) documentaria
• Crédito documentario (carta de crédito)
ASIGNATURA 13
Mercado de Divisas y Riesgo de Cambio
MÓDULO
Medios de Pago
MÁSTER INTERNACIONAL EN CREACIÓN Y ACELERACIÓN EMPRESARIAL
TEMA 2. LOS MEDIOS DE PAGO EN EL
COMERCIO INTERNACIONAL
NOTA TÉCNICA 3. MEDIOS DE PAGO SIMPLES Y DOCUMENTARIOS
LOGO NEXT VERTICAL.jpg
?
Los Medios de Pago Simples en el Comercio Internacional
Los Medios de Pago Simples son aquellos en que solamente se remite para su cobro el
documento financiero que representa el pago de la deuda, pero no se acompañan el resto de
documentos Comerciales que amparan en envío de la mercancía.
Su utilización no implica para el banco del exportador ningún tipo de gestión de la
documentación comercial, ya que la misma se envía directamente por el exportador al
importador, por lo que el primero de ellos renuncia al control de la mercancía.
Esto significa que no se condiciona la entrega de la mercancía (documentos que la representan)
al pago o promesa de pago de la misma, por lo que el riesgo de impago aumenta
considerablemente.
Los más utilizados, que estudiaremos a continuación, son los siguientes
. Cheque personal
. Cheque bancario
. Orden de pago simple o transferencia
. Cobranza (Remesa simple)
Nota: aunque considerado como un medio de pago simple, estudiaremos la Cobranza simple en el
capítulo dedicado a las cobranzas
1. El Cheque Personal
1.1. Definición
Se denomina cheque personal o de cuenta corriente al documento que emite una persona
física o jurídica no bancaria contra la cuenta que posee en una Entidad Financiera.
En el ámbito del comercio internacional se trata del cheque emitido por el importador
contra su propia cuenta bancaria, con el fin de cancelar sus deudas con el exterior por la
compra de mercancías o contratación de servicios.
Cuando un exportador recibe un cheque personal no significa que ha cobrado la venta al
exterior, dado que todavía falta efectuar la correspondiente gestión de cobro ante el banco
extranjero contra el que está extendido el mismo.
1.2. Características
a) Objeto del contrato
Es un medio de pago utilizado por el importador para cancelar sus deudas con el exterior
por la compra de mercancías o la contratación de servicios.
b) Intervinientes
En el cheque personal aparecen tres figuras:
?
. Librador: Importador o propietario de los fondos depositados en un banco y emisor
del cheque. Puede ser un particular o empresa.
. Librado: Es el depositario de los fondos. Se trata de una entidad financiera que
atenderá el pago siempre que el librador tenga fondos suficientes.
. Tenedor: Exportador o Persona que presenta al cobro el documento. Puede ser el
mero tenedor (en el caso del cheque emitido al portador) o una persona
especificada en el documento (si el cheque es nominativo).
1.3. Ventajas e Inconvenientes del Cheque Personal
Para el Importador (Librador del cheque)
Ventajas
Riesgos/Inconvenientes
• El importador puede, en la mayoría de los casos,
pagar el importe después de recibir la mercancía.
• Agilidad en la emisión.
• Permite el mantenimiento de fondos en cuenta
corriente hasta la fecha de pago.
• Supone un ahorro en comisiones y gastos respecto
al cheque bancario.
• Es una operación de fácil acceso y que se
caracteriza por una gran sencillez administrativa.
• Soporta el riesgo de cambio por la
diferencia que existe entre la fecha
de emisión del cheque y la fecha del
adeudo en cuenta
• Pérdidas o extravíos en el envío
Para el Exportador (Tenedor del cheque)
Ventajas
Riesgos/Inconvenientes
• El cheque personal no supone ninguna
ventaja específica para el exportador, salvo
que lo reciba en concepto de cobro
anticipado (total o parcial) de la transacción.
• No ofrece ninguna seguridad si el pago es
posterior a la entrega de mercancía
• El país del Librador (Importador) puede estar
en dificultades (Riesgo País), afectando esto
directamente al pago de la deuda
• No conoce la bondad del cheque (firma,
saldo y legalidad) hasta que su banco,
enviándolo en gestión de cobro, recibe el
abono correspondiente
• Retrasos en el cobro: cuando se recibe el
cheque aún no se ha cobrado (se debe
gestionar)
• Coste de tesorería: (el tiempo que se tarda en
recibir el pago se sigue financiando al
importador)
?
1.4. Proceso Operativo
¿Qué hace un exportador cuando recibe un cheque personal? Lógicamente el vendedor no
cuenta con medios suficientes para cobrar directamente el cheque. Por ello tiene que
recurrir a una entidad de crédito que se ocupe de realizar el cobro en su nombre.
Los bancos utilizan dos sistemas diferentes para gestionar el cobro de cheques sobre el
exterior:
• Negociación
Supone el descuento del documento, esto es, el abono inmediato de su importe
líquido una vez descontadas las comisiones y gastos. Por tanto, supone una
operación de riesgo para los bancos y, por tanto, consume límite de crédito.
• Gestión de Cobro
Se trata, tan sólo, de realizar una gestión de cobro ante el librado. No se abona
importe alguno hasta que el cheque es efectivamente cobrado. Por tanto, este tipo
de operativa no implica riesgo para el banco que se encarga de esta gestión.
El banco del exportador envía el cheque directamente al banco librado, espera que
éste le reembolse su importe y después abona al beneficiario. Este sistema es
mucho más lento que la negociación y retrasa el cobro del cheque un importante
número de días. Este sistema es necesario cuando la moneda en que está emitido
el cheque es distinta a la del país librador.
Fig. 2 – Esquema de Funcionamiento de un cheque personal (enviado en gestión de cobro)
1. De acuerdo con lo establecido en el contrato de compraventa, el exportador envía las mercancías
y los documentos que permitan su despacho al importador.
2. El importador envía al exportador según lo acordado, un cheque por el importe de la operación
librado contra su cuenta corriente en uno de sus bancos (en su propio país o en cualquier otro)
3. El exportador cuando recibe el cheque lo entrega a su banco para que gestione su cobro.
4. El Banco del exportador remite el cheque al Banco librado para obtener el pago.
5. El Banco Librado comprueba si el cheque es conforme (si hay saldo en la cuenta y si está emitido
correctamente) y adeuda su importe en la cuenta de su cliente importador.
6. El Banco Librado paga al Banco del exportador
7. El Banco abona el importe del cheque (menos los gastos por la gestión) al exportador.
1.- Mercancías y Documentos
Exportador
(Tenedor)
Importador
(Librador)
2.- Cheque personal
7. - Abono
deudoSdeudo
5.- Adeudo
deudoSdeudo
3.- Cheque
personal
4.- Envío del Cheque
Banco del Exportador
Banco del Importador
(Librado)
6.- Pago al Banco del Exportador
Esquema de Funcionamiento de un cheque personal (enviado en gestión de cobro)
?
1.5. Recomendaciones
Ante la presentación de un cheque personal en el banco del importador (Librado), éste
deberá tomar las precauciones necesarias para evitar la disposición fraudulenta de fondos.
Para ello deberá proceder del siguiente modo:
• Comprobar la identidad del tenedor del cheque.
• Examinarlo y comprobar que está en regla, y que no existen indicios de haber sido
manipulado o falsificado.
• Comprobar que la firma del librador que figura en el cheque coincide con la que
posee la entidad registrada en su libro firmas.
?
2. El Cheque Bancario
2.1. Definición
Es un documento emitido por un Banco, a petición de un importador, contra él mismo o a
cargo de otra entidad bancaria, normalmente ubicada en país diferente, y a favor del
exportador de la operación que originó el pago que se pretende cancelar.
Tiene una diferencia esencial con el cheque personal: mientras el personal es emitido por
una persona contra su cuenta corriente, el cheque bancario es emitido por el Banco Emisor
contra la cuenta corriente que tiene en el Banco Librado.
El exportador que utiliza este medio de cobro envía directamente al importador la
mercancía y la documentación y espera que éste le remita el cheque a su favor. Una vez
recibido el cheque, el exportador lo presenta a su banco el cual, salvo que existiesen dudas
sobre la solvencia del banco librador y/o de su país, lo ingresa en la cuenta del exportador
2.2. Características
a) Objeto del contrato
Es un medio de pago utilizado por el importador para cancelar sus deudas con el exterior
por la compra de mercancías o la contratación de servicios.
b) Intervinientes
En el cheque bancario aparecen cuatro figuras:
. Importador: Es el obligado a pagar en virtud de una operación de suministro de
bienes o servicios.
. Banco Emisor del cheque o Librador: Es el Banco propietario de los fondos
depositados.
. Banco Pagador o Librado: Como estamos hablando de transacciones
internacionales puede surgir la figura de banco pagador, que habitualmente es un
banco corresponsal del banco emisor, o él mismo. En definitiva es quien tiene que
pagar el cheque.
. Exportador: Es el beneficiario del pago, la persona que tiene derecho a cobrar el
cheque, por haber sido quien vendió las mercancías al exterior.
c) Otras características
. Las entidades financieras que emiten cheques pagaderos en otro país y en moneda
local, han de tener cuentas de corresponsalías con otras entidades financieras de
ese país y en moneda local, para poder disponer de esos fondos en el pago de los
cheques emitidos.
. El pago del cheque es exigible desde el momento en que se produce la presentación
al librado, ya que el cheque es un mandato de pago a la vista.
. La entidad financiera emisora es la garante del cheque bancario.
. El cheque bancario se debe solicitar siempre nominativo y cruzado, es decir, emitido
a nombre del exportador y que sólo puede ser cobrado mediante su ingreso en la
?
cuenta corriente del titular.
. Es recomendable aceptar solamente, aquellos cheques bancarios emitidos por
bancos internacionales de primera fila.
. El plazo de presentación de un cheque bancario depende del país de emisión y del
país donde se deba pagar.
. Cuando el cheque bancario es pagadero en el extranjero, el plazo de presentación
depende de la regulación del país en que éste vaya a ser pagado.
2.3. Ventajas e Inconvenientes del Cheque Bancario
Para el Importador
Ventajas
Riesgos/Inconvenientes
• El pago de la transacción queda sujeto
a su voluntad y criterio
• El importador puede, en la mayoría
de los casos, pagar el importe después
de recibir la mercancía.
• Agilidad en la emisión.
• Permite el mantenimiento de fondos
en cuenta corriente hasta la fecha de
pago.
• Soporta el riesgo de cambio por la
diferencia que existe entre la fecha
de emisión del cheque y la fecha del
adeudo en cuenta
• Si se ha efectuado un pago
anticipado sin garantía de anticipo y
no recibe la mercancía
Para el Exportador (Tenedor del cheque)
Ventajas
Riesgos/Inconvenientes
• Incrementa la seguridad de cobro
respecto al cheque personal.
• El descuento bancario se hace con
mayor prontitud y fluidez que en el
cheque personal, sobre todo si se
trata de un Banco de reconocida
solvencia, y de un país sin dificultades,
las firmas son conocidas y el tenedor
un cliente habitual y conocido.
• Posibilidad de falsificación del
cheque o existencia de endosos
fraudulentos.
• Saldo suficiente en la cuenta
librador
• Riesgo de extravío/robo del cheque.
• Riesgo para el exportador si remite
la mercancía antes de cobrar el
cheque.
• Cheque sido girado contra un banco
en dificultades (Riesgo Banco).
• El país del Banco Emisor puede estar
en dificultades (Riesgo País)
?
2.4. Proceso Operativo
En el caso de los cheques bancarios, los bancos utilizan los mismos dos sistemas para gestionar
el cobro de cheques librados sobre un banco en el extranjero que si se tratara de cheques
personales:
. Negociación
Abonando al exportador inmediatamente el importe líquido del cheque una vez
descontadas las comisiones y gastos.
. Gestión de Cobro
El banco del exportador envía el cheque directamente al banco librado, espera a que
éste le reembolse su importe y después abona al beneficiario. Este sistema es mucho
más lento que la negociación y retrasa el cobro del cheque un importante número de
días.
Fig. 3 – Esquema de Funcionamiento de un cheque bancario (enviado en gestión de cobro)
1) El exportador remite las mercancías y documentos que al importador.
2) El importador solicita a su Banco la emisión de un cheque bancario por el importe deseado (como
pago de la transacción comercial).
3) El Banco Emisor emite el cheque y lo entrega al importador, adeudando en la cuenta de su cliente
el importe correspondiente.
4) El importador envía el cheque al exportador para cancelar la deuda.
5) El exportador recibe el cheque y si está emitido contra un banco de su país, lo cobra directamente,
o si está emitido contra un banco no establecido en su país, lo entrega a su banco para que realice
el cobro.
6) El Banco pagador abona el cheque al exportador o procede a cobrarlo, abonándolo al exportador
con posterioridad.
7) Simultáneamente, el Banco del exportador adeuda en la cuenta del Banco Emisor (Librado) el
importe total de la operación.
1.- Mercancías y Documentos
Importador
(Ordenante)
Exportador
(Tenedor)
4.- Cheque bancario
2.- Solicitud
personal
3.- Cheque
deudoSdeudopers
6.- Abono
deudoSdeudopers
5.- Cheque
personal
7.- Adeudo en cuenta
Banco del Exportador
(Librado)
Banco del Importador
(Librador)
?
?
3. Orden de Pago Simple o Transferencia
3.1. Definición
La Orden de pago simple o Transferencia es un mandato que el importador da a su banco
para que envíe determinada cantidad de dinero a la cuenta que el exportador mantiene en
su banco.
El exportador envía directamente al importador la mercancía y la documentación; y espera
que éste le remita los fondos por transferencia a su favor en el plazo acordado.
3.2. Características
a) Objeto del contrato
Es un medio de pago utilizado por el importador para cancelar sus deudas con el exterior
por la compra de mercancías o la contratación de servicios.
Este medio bancario es similar al cheque bancario con la particularidad de que cuando la
entidad financiera comunica al exportador la recepción, a su favor, de una orden de pago
simple, éste solamente deberá declarar los datos relativos a la operación comercial que ha
generado el cobro.
La orden de pago simple es de carácter revocable, es decir, el importador puede cancelarla
mientras el exportador no haya cobrado, salvo que en la propia orden de pago se establezca
de forma expresa su carácter “irrevocable”.
b) Intervinientes
. Ordenante: El importador (comprador) que da instrucciones a su Banco (Entidad
emisora) para que emita la transferencia a favor de su proveedor (exportador).
. Banco Emisor: Recibe las instrucciones del ordenante y remite la transferencia a
favor del beneficiario. Las instrucciones normalmente van dirigidas a un
corresponsal de la Entidad emisora en el país de la divisa en la que se encuentra
cifrada la transferencia.
. Banco Corresponsal: Esta figura suele existir siempre que la transferencia se realiza
en divisa distinta a la del país de la Entidad emisora. Normalmente
independientemente de la operación subyacente, cualquier movimiento de fondos
entre entidades de distintos países y distinta divisa conllevará la intervención de uno
o más entidades corresponsales que actuarán de intermediarios entre la entidad
ordenante y la beneficiaria.
. Banco Pagador: Es la entidad en la que el beneficiario de la transferencia tiene la
cuenta. Esta entidad es la que finalmente abona el importe de la transferencia en la
cuenta del exportador.
. Beneficiario: el exportador a favor del cual se emite la orden de pago.
?
c) Clases de transferencias
En función del medio de comunicación utilizado para enviarlas, las transferencias u órdenes
de pago simples pueden ser:
. Transferencia postal: se confecciona una orden escrita en un impreso del banco emisor
que se remite al banco pagador por correo. En la actualidad el correo no se utiliza
prácticamente, y además no es aconsejable su utilización por la demora que pudiera
producirse, perdiendo, así, este medio de pago una de sus mayores ventajas: la rapidez.
Además, es muy poco seguro y exige que se verifiquen, en el banco pagador, la veracidad
de las firmas incluidas en el documento.
. Transferencia vía télex: se envía la orden al banco pagador utilizando Un mensaje télex
que contiene las instrucciones del pago. El télex sólo se emplea para transferencias a
países o bancos que no están conectados a la red SWIFT, ya que es un sistema lento y
poco seguro. Además necesita que se incluya en el propio mensaje una clave para poder
autentificar la operación.
. Transferencia vía SWIFT: la orden de pago se envía a través de la red Swift que agrupa
a la mayoría de los bancos mundiales. Es el sistema más utilizado porque aporta rapidez
y seguridad y porque permite
3.3. Ventajas e Inconvenientes de la Orden de Pago Simple
Para el Importador (Ordenante)
Ventajas
Inconvenientes
• El pago de la transacción queda sujeto
a su voluntad y criterio
• Es un sistema de pago muy seguro.
• Su coste es muy reducido (tiene las
comisiones más bajas, junto con el
cheque bancario).
• Es el medio de pago más rápido y se
gestiona de un modo sencillo. Y los
actuales sistemas de banca
electrónica de muchos bancos
permiten su gestión inmediata.
• Si se ha efectuado un pago
anticipado sin garantía de anticipo y
no recibe la mercancía
• Es más caro que el cheque personal
y además no le permite mantener el
importe a pagar en su cuenta
durante unos días, como ocurre con
la emisión del cheque personal
(diferencia de días entre la emisión
del cheque y el adeudo en su
cuenta).
?
Para el Exportador (Beneficiario)
Ventajas
Inconvenientes
• Es más seguro que el cheque, ya que
no hay posibilidad de extravío ni de
falsificación.
• Le permite recibir rápidamente los
fondos.
• Riesgo de no recepción de La
mercancía y de impago si el cobro no
es por anticipado
• Demoras por intermediaciones y
rutas de envío mal especificadas
3.4. Proceso Operativo
Fig. 4 – Esquema operativo de una Transferencia u Orden de Pago Simple
1) El exportador remite las mercancías y los documentos que permitan su despacho al importador.
2) El importador ordena a su banco que emita la transferencia u orden de pago.
3) El Banco del importador (Banco Emisor) adeuda la cuenta del importador.
4) El Banco Emisor emite la transferencia ordenando al Banco Pagador, pagar la cantidad acordada.
5) Al mismo tiempo procede a abonar al Banco Pagador esa misma cantidad.
6) El Banco Pagador, tras recibir la orden de pago, abona al exportador (beneficiario) el importe
establecido.
1.- Mercancías y Documentos
Importador
(Ordenante)
Exportador
(Beneficiario)
6.- Abono
deudoSdeudopers
2.- Orden de pago
3.- Adeudo
deudoSdeudopers
4.- Orden de pago simple
Banco del Exportador
(Banco Pagador)
Banco del Importador
(Banco Emisor)
5.- Adeudo en cuenta
Esquema de Funcionamiento de un cheque personal (enviado en gestión de cobro)
?
Los Medios de Pago Documentarios en el Comercio
Internacional
Son los que utiliza el exportador cuando percibe un riesgo de impago de carácter medio o alto,
por lo que puede desear mantener en todo momento el control de la mercancía enviada, en
tanto no se produzca el pago de la misma o la emisión de una promesa de pago futura.
Los documentos comerciales que dan acceso a la mercancía (factura, conocimiento de
embarque, etc.) son entregados por el exportador en su banco para que directamente (sucursal
propia) o a través de otro banco situado en el país del importador proceda a su entrega a éste
último siempre y cuando realice su pago o suscriba el compromiso de pago futuro si así es lo
acordado.
En caso de incumplimiento del importador, la mercancía sigue controlada por el exportador, si
bien se encuentra ya viajando o situada en un puerto extranjero, lo que le originara costes de
almacenamiento, seguros o pago del flete de retorno.
Los más utilizados, que estudiaremos a continuación, son los siguientes
• La Orden de Pago Documentaria
• Las Cobranzas Documentarias
• El Crédito Documentario (Carta de Crédito)
Nota: estudiaremos en este Tema la Orden de Pago Documentario, en tanto que las Cobranzas y el
Crédito Documentario los estudiaremos en detalle en los siguientes Temas
1. La Orden de Pago Documentaria
1.2. Definición
En el contexto del comercio internacional, podemos definir la Orden de Pago Documentaria
como la petición que cursa el Importador (Ordenante) a su Banco, para que pague a un
tercero (Beneficiario) una determinada cantidad de dinero contra la presentación de
determinados documentos especificados en la propia orden
1.3. Características
a) Objeto del contrato
La orden de pago documentaria es un medio de pago poco frecuente en el tráfico mercantil
internacional, ya que presenta características comunes con la orden de pago simple y con el
crédito documentario pero no tiene las ventajas de éstos.
?
La diferencia básica reside en que en la orden de pago simple el importador ordena pagar
después de recibir los documentos relativos a la expedición de la mercancía, salvo que el
pago se haya convenido anticipado, es decir, antes de que el exportador remita los
documentos y la mercancía al importador. En la documentaria, sin embargo, la entrega de
los documentos representativos de la mercancía, sin los cuales no puede disponer de ella,
está condicionada al pago de su importe.
Y dado su carácter documentario se habla de que existe un gran parecido entre la orden de
pago documentaria y carta de crédito (crédito documentario). Sin embargo, podemos
encontrar diferencias notables entre ambos:
• En la orden de pago documentaria, el banco emisor adeuda el importe de la
operación en el mismo momento de la emisión. Sin embargo en una carta de crédito
el banco emisor no adeuda el importe del crédito hasta el momento plazo acordado
(si se trata de una operación de pago diferido).
• En la orden de pago documentaria el banco no tiene obligación de examinar los
documentos, solamente confirma que los document
Más episodios del podcast Abcoz
manual
23/11/2015
trabajo final
15/06/2015
Finanaciacion parte 2
02/06/2015
Financiacion de operaciones a largo plazo
02/06/2015
Globalizacion retos
27/05/2015
Agro food
27/05/2015
Medios de pago credito documentario
27/05/2015
Medios de pago 2,3, y 4
27/05/2015
Eurail 2015
12/05/2015
Marco legal 2
11/05/2015
ZARZA Somos ZARZA, la firma de prestigio que esta detras de los grandes proyectos en tecnología de la información.