Escuchar "El papel del Procurador"
Síntesis del Episodio
El Procurador General de la Nación, Dr. Fernando Carrillo Flórez, ha hecho algunas referencias públicas a las protestas que se han venido expresando en el país, y ha enviado al Gobierno y a la ciudadanía algunos mensajes relativos al momento que se vive.
Entre otras cosas, ha sostenido que, a su juicio, "es hora de la audacia para aportar las soluciones que requiere el país, pero sobre todo es la hora de lograr los consensos necesarios pensando en la Colombia del futuro".
Esas expresiones han generado alguna reacción y se ha dicho por algunos que, con esas referencias, el Dr. Carrillo está haciendo política.
Nos parece que no es así. Basta leer la Constitución para comprobar que el papel del Procurador General va más allá de ejercer el control disciplinario, de sancionar y de inhabilitar a servidores públicos.
El artículo 277 de la Carta Política confía al Procurador, entre otras, las siguientes funciones:
1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos.
2. Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo.
3. Defender los intereses de la sociedad.
4. Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente.
5. Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas."
Así que, cuando se refirió a las relaciones entre el Gobierno y la ciudadanía que se manifestó en las calles, no hizo otra cosa que cumplir con importantes funciones suyas, en defensa de los intereses de la sociedad.
Suficientes facultades.
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Entre otras cosas, ha sostenido que, a su juicio, "es hora de la audacia para aportar las soluciones que requiere el país, pero sobre todo es la hora de lograr los consensos necesarios pensando en la Colombia del futuro".
Esas expresiones han generado alguna reacción y se ha dicho por algunos que, con esas referencias, el Dr. Carrillo está haciendo política.
Nos parece que no es así. Basta leer la Constitución para comprobar que el papel del Procurador General va más allá de ejercer el control disciplinario, de sancionar y de inhabilitar a servidores públicos.
El artículo 277 de la Carta Política confía al Procurador, entre otras, las siguientes funciones:
1. Vigilar el cumplimiento de la Constitución, las leyes, las decisiones judiciales y los actos administrativos.
2. Proteger los derechos humanos y asegurar su efectividad, con el auxilio del Defensor del Pueblo.
3. Defender los intereses de la sociedad.
4. Defender los intereses colectivos, en especial el ambiente.
5. Velar por el ejercicio diligente y eficiente de las funciones administrativas."
Así que, cuando se refirió a las relaciones entre el Gobierno y la ciudadanía que se manifestó en las calles, no hizo otra cosa que cumplir con importantes funciones suyas, en defensa de los intereses de la sociedad.
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