Escuchar "23.4. 3 .- Doctrina Social de la Iglesia. Tercera parte."
Síntesis del Episodio
3. EL PRINCIPIO DEL BIEN COMÚN
▪ “De la dignidad, unidad e igualdad de todas las personas deriva el principio del bien común, al que debe referirse cada aspecto de la vida social para encontrar plenitud de sentido”.
▪ “El bien común no consiste en la simple suma de los bienes particulares de cada sujeto del cuerpo social. Siendo de todos y de cada uno es y permanece común, porque indivisible y porque solamente juntos es posible lograrlo, incrementarlo y cuidarlo con vistas al futuro”.
EL DESTINO UNIVERSAL DE LOS BIENES
▪ “Entre las múltiples implicaciones del bien común, adquiere relieve inmediato el principio del destino universal de los bienes: «Dios ha destinado la tierra y cuanto ella contiene para uso de todos los hombres y pueblos. En consecuencia, los bienes creados deben llegar a todos en forma equitativa bajo la égida de la justicia y con la compañía de la caridad”.
▪ “El principio del destino universal de los bienes está en la base del derecho universal al uso de los bienes. Todo hombre tiene el derecho a gozar del bienestar necesario para su pleno desarrollo: el principio del uso común de los bienes es el ―primer principio de todo el ordenamiento ético-social y ―principio peculiar de la doctrina social cristiana”.
La tradición cristiana nunca ha reconocido el derecho a la propiedad privada como derecho absoluto e intocable”.
▪ “La propiedad privada, sean cuales fueren sus formas y regímenes jurídicos concretos, es sólo un instrumento para el respeto del principio del destino universal de los bienes y, por tanto, un medio y nunca un fin”.
▪ “La enseñanza social de la Iglesia exhorta a reconocer la función social de la propiedad privada”.
▪ “De la dignidad, unidad e igualdad de todas las personas deriva el principio del bien común, al que debe referirse cada aspecto de la vida social para encontrar plenitud de sentido”.
▪ “El bien común no consiste en la simple suma de los bienes particulares de cada sujeto del cuerpo social. Siendo de todos y de cada uno es y permanece común, porque indivisible y porque solamente juntos es posible lograrlo, incrementarlo y cuidarlo con vistas al futuro”.
EL DESTINO UNIVERSAL DE LOS BIENES
▪ “Entre las múltiples implicaciones del bien común, adquiere relieve inmediato el principio del destino universal de los bienes: «Dios ha destinado la tierra y cuanto ella contiene para uso de todos los hombres y pueblos. En consecuencia, los bienes creados deben llegar a todos en forma equitativa bajo la égida de la justicia y con la compañía de la caridad”.
▪ “El principio del destino universal de los bienes está en la base del derecho universal al uso de los bienes. Todo hombre tiene el derecho a gozar del bienestar necesario para su pleno desarrollo: el principio del uso común de los bienes es el ―primer principio de todo el ordenamiento ético-social y ―principio peculiar de la doctrina social cristiana”.
La tradición cristiana nunca ha reconocido el derecho a la propiedad privada como derecho absoluto e intocable”.
▪ “La propiedad privada, sean cuales fueren sus formas y regímenes jurídicos concretos, es sólo un instrumento para el respeto del principio del destino universal de los bienes y, por tanto, un medio y nunca un fin”.
▪ “La enseñanza social de la Iglesia exhorta a reconocer la función social de la propiedad privada”.
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