Restricción de CSD

21/10/2024 4 min
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Síntesis del Episodio

Restricción de CSD

ACCIONES PREVENTIVAS ANTE LA FISCALIZACIÓN DEL SAT

El SAT podrá restringir temporalmente los CSD, por diversos motivos (art 17 h bis CFF)

1. Omisión de declaración anual.
2. PAE no localicen al contribuyente.
3. Ejercicio de facultades no localicen al contribuyente.
4. Existan diferencias entre lo facturado y lo declarado por el contribuyente.
5. Medios de contacto buzón tributario no son auténticos.
6. Socio o accionistas se restringa su CSD

El procedimiento contempla los siguientes pasos:

1. Detección de irregularidades:

La autoridad fiscal puede identificar irregularidades o indicios de incumplimiento fiscal en relación con el uso del CSD. Estos indicios pueden surgir de auditorías, cruces de información u otros medios de fiscalización electrónica.

2. Notificación al contribuyente:

Una vez notificado se le otorgará al contribuyente un plazo de 40 días hábiles para que presente pruebas y argumentos en su defensa, a fin de demostrar que las irregularidades observadas por
las autoridades fiscales son infundadas.

3. Análisis y resolución:

Una vez presentada la aclaración, la autoridad fiscal levantará al siguiente día hábil la restricción temporal con el fin de valorar las pruebas y argumentos.

4. Consecuencias y sanciones:

La cancelación del CSD implica la imposibilidad de emitir comprobantes fiscales digitales. Además, el contribuyente podrá estar sujeto a sanciones económicas y legales, de acuerdo con lo
establecido en las leyes fiscales.

Te podemos ayudar a prevenir y resolver este tipo de situaciones, contáctanos.