PROYECCIONES 2020 EP 148 La Corte Suprema abrió el per saltum y prohibió, por el momento, reemplazar a los jueces que investigaron a Cristina Kirchner

29/09/2020 49 min

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Síntesis del Episodio

TESTIMONIOS DE CARLOS PAGNI, MARCOS BUSCAGLIA
El máximo tribunal de la República Argentina con la mayoría formada por los votos de Ricardo Lorenzetti, Horacio Rosatti, Juan Carlos Maqueda y Elena Highton resolvió abrir el per saltum presentado por los magistrados Leopoldo Bruglia, Pablo Bertuzzi y Germán Castelli para no ser removidos de los cargos que ocupan en la Justicia Federal Penal, donde se tramitan las causas de corrupción que investigan la gestión kirchnerista.
Los cuatro integrantes de la mayoría de la Corte Suprema firmaron el mismo voto y el presidente del tribunal Carlos Rosenkrantz firmó el suyo dando lugar también a la apertura del recurso excepcional.
De esta forma quedó en suspenso el trámite. En la misma resolución se le comunicó al Consejo de la Magistratura que, hasta que se pronuncie la Corte sobre el fondo de la cuestión, debe abstenerse de llevar adelante cambios y/o designaciones de magistrados; y al mismo tiempo le dio 48 horas para enviar el expediente completo.
De esta manera, la Corte se expidió sobre la admisión del recurso, pero no sobre el fondo, porque la sentencia debe dictarse después de que conteste el Consejo de la Magistratura. Es probable que, como el máximo tribunal acortó los plazos y decretó días y horas inhábiles, la decisión sobre el fondo sea muy rápida.
Mientras tanto, los jueces permanecerán de licencia porque así lo solicitaron.
La mayoría estable en la Corte Suprema se mantiene y los magistrados que la firmaron redactaron un voto conjunto con el objetivo de evidenciar que se mantiene en el Tribunal dicha mayoría, como ocurrió en los últimos 15 años. Asimismo, esa mayoría se basó siempre en precedentes, que en esta oportunidad también se citaron, con la finalidad de dar previsibilidad en la interpretación para que las reglas sean claras.
Esa mayoría fue reunida con estrategia y lentamente, con el correr de los días, por Ricardo Lorenzetti, el ex titular del cuerpo que mantiene ese rol articulador que aún no logró desempeñar el actual presidente de los magistrados Rosenkrantz por lo que terminó redactando su propio voto.
El Banco Central (BCRA) incluyó a los empleados de empresas privadas que solicitaron ayuda para pagar sueldos a través del Programa de Asistencia al Trabajo y la Producción (ATP) en la base de datos de personas impedidas de comprar dólares para atesoramiento, el cupo de USD 200 que se renueva este jueves. La traba surge de una interpretación de la normativa que impide a quienes reciben planes sociales acceder al mercado de cambios, pero difiere de lo que habían entendido los bancos en un principio ya que los beneficiarios del programa son las empresas y no los empleados que reciben su sueldo habitual. Sin embargo, fuentes oficiales confirmaron que en octubre no podrán comprar divisas.
En agosto 1,4 millones de empleados de empresas privadas cobraron parte de su sueldo a través de la Anses. Se trata de uno de los beneficios para empresas del ATP, que ayuda a aquellas firmas que vieron caer su facturación debido al parate económico que generó la pandemia de coronavirus COVID-19. Ese universo quedará fuera del mercado cambiario en lo sucesivo, de acuerdo a las normas cambiarias hechas públicas por el BCRA el 15 de septiembre pasado.

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