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Síntesis del Episodio
La estafa del IRPH: Entrevista a José María Erauskin I Demos (2019-09-25)La actualidad con criterio.Esta noche se entrevista en Demos al abogado guipuzcoano José María Erauskin, defensor de las familias afectadas por las claúsulas abusivas del IRPH. El letrado ha conseguido un hito muy importante tras pelear muchos años, y que está relacionado con el índice hipotecario IRPH y esta gesta ha acabado en el Tribunal Europeo donde ha conocido las conclusiones del Abogado General del Tribunal de Justicia de la Comisión Europea que le da la razón. Este conflicto, iniciado en el año 2013 en la lucha "Stop Desahucios Gipuzkoa", para frenar los desahucios y hacer frente a las claúsulas abusivas en el Juzgado Mercantil de Donosti. - ¿El índice hipotecario IRPH encarecía en torno a los 300 euros las hipotecas? ¿Cuál ha sido el problema? ¿El problema ha sido el índice IRPH a la hora de pedir una hipoteca, y cuando el banco se lo proponía a un cliente no informaba adecuadamente?- ¿Esta batalla jurídica que ha terminado en Europa ha sido para que a la hora de pedir una hipoteca el banco tenga el deber de informar adecuadamente para que la claúsula que pueda considerarse abusiva sea eliminada del contrato? ¿Al cliente del banco hay que contarle cómo se calcula el índice para que pueda valorar lo que le interese?- ¿ Qué es una claúsula abusiva? ¿Es cuando obliga al cliente a hacer pagos que no le corresponden? ¿Es cuando no hay reciprocidad ni transparencia?- ¿Esta gesta se ha consumado ya, o está a la espera de que el Tribunal de Justicia lo resuelva definitivamente? ¿El informe de la Comisión Europea ha sido favorable? ¿Que ocurre con las conclusiones del Abogado General que han adquido forma de propuesta que son previas a la sentencia? ¿El Tribunal está obligado a seguir esta propuesta? ¿Llevamos ya siete años con este índice IRPH que encarece 330 euros las hipotecas?- ¿Por qué esta claúsula se puede considerar como abusiva? ¿Es por falta de información puesto que de haberlo sabido el cliente hubiera rechazado ese índice? ¿Estamos hablando de un índice que ha generado una serie de desahucios?- ¿El Tribunal Supremo no dió la razón?¿La sentencia que no daba la razón tenía dos votos discrepantes que señalaban que la sentencia no estaba ajustada a Derecho y era contraria a la Jurisprudencia del Tribunal de Justicia? ¿Al final un Juez del Juzgado Nº 38 de Barcelona dijo si?- ¿Qué va a ocurrir con aquellas demandas que en el Juzgado Mercantil dieron larazón, en la Audiencia, la quitaron y se ha quedado como cosa juzgada? ¿Va a depender de la sentencia? ¿Qué tipo de control de transparencia hay que hacer? ¿Qué se debe exigir?- ¿En España el Tribunal Supremo solamente analiza la transparencia de este tipo de claúsulas por el Artículo 4.2 de la directiva de los consumidores en el que se dice que las claúsulas que afectan al precio y el interés no se pueden someter a cómo son, sino a un control de transparencia? ¿Este Artículo 4.2 no se ha transpuesto al ordenamiento español porque el legislador no quiso hacer esa excepción y deseó que todas las claúsulas se sometieran a un control de contenido?- ¿Se podría pedir la nulidad de las actuaciones de la tutela judicial? ¿Se deberían revisar todas esas sentencias? ¿Los tribunales españoles han asumido la labor del Legislativo, y han transpuesto una normativa europea vía Jurisprudencia en vez de por la vía legal?- ¿Qué ocurrirá ahora con las conclusiones del Abogado General para el IRPH? ¿En el Art. 4.2 se va a aplicar a todo tipo de claúsulas y nos vamos a encontrar con claúsulas que son transparentes y claras y que también son abusivas porque la transparencia no purifica la abusividad? ¿Y si el art. 4.2 no opera en España, el Juez está obligado a decir, aunque sea transparente no deja de ser abusivo por falta de reciprocidad?- El Tribunal Supremo ha dicho que estas razones no. Sólo la transparencia. Y ahora dicen en Europa que sólo la transparencia no, que además de ésta también el contenido. - El artículo 4.2 de la directiva no opera en España porque no ha sido traspuesto. Esto es clave. * Han Intervenido:- D. Xabier Bermúdez. Presentador de TV y Filólogo.- D. José Luis Escobar. Jurista y Abogado.- D. José María Erauskin. Letrado de los afectados por el IRPH. - Equipo Técnico: Equipo de Medios.*Siendo el fin de DEMOS la libertad política colectiva, nos enorgullecemos de tener simpatizantes de todas las ideologías que nos honran con sus opiniones, aunque no tengan que ser forzosamente compartidas por DEMOS.*ADVERTENCIA:Agradecemos los comentarios. “La gente inteligente habla de ideas, la gente común habla de cosas y la gente mediocre habla de gente" (Jules Romains). No se admitirán improperios, insultos y expresiones de semejante soez.* PATREON:https://www.patreon.com/DemosTV?utm_medium=social&utm_source=twitter&utm_campaign=creatorshareSUSCRÍBETE ► https://bit.ly/2xcePpQ y activa las notificaciones🔔.CONÓCENOS ► https://www.elcritico.org/quienes-somos/VISITA NUESTRO DIARIO ► https://www.elcritico.org/Síguenos también en:https://www.spreaker.com/show/demos-r...https://www.ivoox.com/podcast-demos-r...https://twitter.com/DemosLibertadhttps://www.facebook.com/DEMOSRTV* Canal de televisión DEMOS 2:https://www.youtube.com/channel/UC6fpreNQ2NY4MK36ENjz5Mw/videos * iTunes:https://podcasts.apple.com/es/podcast/demos-radio/id1472488229* Spotify:https://open.spotify.com/show/4KK2eZnu9uRq3UODFlWHto?si=NYa_pZgVSMOzcuZ1fnZg-A
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